el 30-03-2012 20:59
A finales de Enero de 2012 terminaba la promoción que tenía: 10mb a 19.90.
Me llama un comercial de parte de Movistar y me asegura que puedo renovar
la promoción con las mismas condiciones, mismo precio y misma velocidad
( antes de contratarlo insistí para asegurarme que mantenia los 10mb).
Hace unos dias me llevo una desagradable sorpresa al comprobar que mi
ADSL no pasa de 6mb. He llamado al 1004 y me dicen que no pueden hacer
nada, que yo contraté 6MB: es falso!.
Me han [¿#"
@!!!!BRRR] , no han cumplido con el contrato que hicimos por teléfono.
Alguien me puede aconsejar que hacer?
el 30-03-2012 21:19
Hola :
En principio no se debe hacer ningún contrato telefónico, dado que carece para el usuario de las mínimas garantías y creo que ya es hora que de intervenga el regulador para poner coto al desmadre que cunde entre las compañías de telefonía con los contratos.
Vamos a tu asunto :
Debería existir una copia de audio donde se recogen las condiciones, solicitala y si no te hacen caso denuncia ....
Aquí tienes el enlace de la CNMT : http://www.cmt.es/cmt_ptl_ext/SelectOption.do
Aunque mucho me temo que lo que te esta ocurriendo es que has sido víctima de un engaño, pues la promoción es de HASTA 10Mb ( no de 10 Mb), así que tendrás que soportar la situación o intentar el cambio a la de 24,90 que si es de 10Mb.
Un saludo y suerte
el 31-03-2012 4:37
Te habran puesto la de 19,90, pero con un Hasta 10Mb.
el 31-03-2012 19:13
muchas gracias por la respuesta.
Si no me lo solucionan me doy de baja para siampre de Movistar.
24-04-2012 13:07 - editado 24-04-2012 13:29
Esto es Telefonica S.A. - Movistar -
http://curia.europa.eu/jcms/upload/docs/applicatio
Según Real Decreto Ley 13/2012, de 30 de marzo, BOE del 31, modificación del artículo 38 de la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones, a partir de 1 de abril de 2012 las personas jurídicas y empresas quedan excluidas del procedimiento de reclamación ante la Oficina.
Los usuarios podrán presentar sus reclamaciones ante el operador por vía telefónica, a través de internet, por correo postal, o directamente en sus oficinas comerciales . En todo caso, el operador debe aceptar la presentación telefónica de reclamaciones. En todos los contratos deberá figurar el teléfono de atención al público, la dirección electrónica y la página web del operador, así como la dirección postal de la oficina comercial del operador y del departamento de atención al cliente
.
Cuando los usarios presenten la reclamación, el operador está obligado a facilitarle un número de referencia que permitirá verificar el día de la solicitud de baja y tener constancia de la misma.
Cuando la reclamación se presente por vía telefónica, el usuario tiene derecho a solicitar un documento que acredite la presentación y contenido de la queja o reclamación mediante cualquier soporte que permita tal acreditación.