Bueno, señores, pues ya me han respondido... El 17 de junio de 2015, 13:36, <defensacliente@telefonica.es> escribió: Madrid, 17 de Junio de 2015 Nos ponemos en contacto con usted para informarle de la situación de la reclamación efectuada a este Servicio de Defensa del Cliente (SDC) en fecha 08/06/2015, sobre el cobro de un importe de penalización por la baja anticipada de su línea móvil. Para la resolución de su caso, el SDC ha analizado su testimonio y la información remitida por Telefónica Móviles España y en base a esta, concluye que al cursar la baja por portabilidad de su línea móvil en fecha 21/04/2015, incumplió el contrato de permanencia por canje de terminal suscrito en fecha 25/06/2014 por la adquisición de un terminal móvil para su línea. En base a estos puntos, sentimos comunicarle que no podemos resolver de manera favorable a sus intereses, pues como fue informado con anterioridad a la baja de la línea, únicamente tenía derecho a darse de baja del contrato Movistar Fusión sin penalización alguna, no así de las permanencias suscritas por la adquisición de terminales móviles. Lamentamos no haberle podido ser de mayor utilidad en esta ocasión, asimismo, le informamos de que la interposición de una reclamación ante el Servicio de Defensa del Cliente no interrumpe el cómputo de los plazos legalmente establecidos para la interposición de los recursos previstos por la legislación vigente. En nombre de Telefónica queremos pedirle disculpas por los hechos acontecidos. Reciba un cordial saludo, Rafael F. Maeses Servicio de Defensa del Cliente Telefónica
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