Buenos días: Me gustaría formular una pregunta que entiendo en de interés general para los abonados... Como todos sabemos, en los contratos de servicio adsl que se suscriben con Movistar se determina que la incidencias en el servicio serán subsanadas gratuitamente por Movistar en la medida en que se produzcan "hasta el punto de terminación de red -PTR- o splitter en su caso, debiendo ser sufragadas por el abonado cuando sean consecuencia de fallos en la red interior del abonado (y no se haya suscrito el oportuno contrato de mantenimiento de estas instalaciones), o bien cuando sean imputables al abonado por "negligencia de uso o conservación o por actuaciones dolosas o culposas". Ultimamente se han producido varias "incidencias" en relación con este tema (yo personalmente soy uno de los afectados), así que me gustaría que me aclararan las siguientes cuestiones: - Tiene derecho el abonado a que movistar justifique o facilite información en caso de que entienda como facturable una reparación??? quiero decir que si al menos nos indicarán si el devengo se produce como consecuencia de una interpretación unilateral del contrato imputable a "instalación interior", "dolo", "culpa" o "negligencia"??? Formulo esta pregunta porque entiendo que de no haber obligación por parte de movistar de al menos informar sobre el origen de los cargos por reparaciones me temo que cualquier llamada al 1002 se interpreta como un "cheque en blanco" para que Movistar facture o no cuando así lo considere oportuno, en cuyo caso nos encontrariamos ante una más que evidente situación de abuso contractual. (en este mismo foro podreis comprobar que la firma o no del parte de reparación no vincula a Movistar para facturar el servicio)
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