Hola, he recibido respuesta a la comunicación que remitísteis al departamento de reclamaciones. Han revisado y hoy me han enviado un SMS que os detallo a continuación: TAD1_C. Reclamaciones Movistar: Su reclamacion 13389598 ha sido resuelta. En relacion a su consulta, indicarle que las tarjetas prepago tienen una vigencia de 6 meses. Si en esos 6 meses se agota el saldo o no se recarga, se abre un plazo de 40 dias extras en la que se puede solo recibir llamadas / SMS. En el caso particular de que haya caducado el saldo, si se recarga en esos 40 dias, recupera el saldo caducado, si no, se pierde el saldo aunque puede recuperar el numero si recarga antes de la baja definitiva. Referente a su linea 692975664, la fecha de la gestion de caducidad de saldo fue el 2/12/2016. No procede devolucion. Quedamos a su disposicion para cualquier otra consulta en 1004 o www.movistar.es Vale muy bonito, muy bien redactado y demás, pero la persona que ha tramitado la reclamación lo primero que deberia de hacer es conocer las CONDICIONES GENERALES DEL SERVICIO, en concreto las de TARJETA MÓVILES MOVISTAR, os adjunto el documento por si acaso, es de vuestra web no me lo he inventado yo. https://www.movistar.es/rpmm/estaticos/residencial/movil/tarifas-voz/condiciones-generales-servicio-tarjeta.pdf En este maravilloso PDF, en el punto donde figura el apartado de "Interrupción definitiva del servicio", dice asi: Interrupción definitiva del servicio: El presente contrato se extinguirá, con la consiguiente interrupción definitiva del servicio, por las causas generales admitidas en Derecho y, especialmente, por las siguientes: a) Por decisión del cliente, comunicada a Movistar, con una antelación mínima de dos días hábiles respecto a la fecha de la extinción. El cliente podrá ejercer su derecho a poner fin al contrato en la misma forma en que lo celebró. b) Por grave incumplimiento de las obligaciones derivadas del presente contrato, así como por una utilización del servicio contraria a la buena fe o a las prácticas comúnmente aceptadas como de correcta utilización en los servicios de telefonía móvil. c) Por ausencia de recargas y caducidad del saldo. La tarjeta tendrá una vigencia inicial de 6 meses, desde la fecha de activación de la misma o desde la última recarga realizada por el cliente. No obstante, agotado el saldo de la tarjeta, el cliente dispone de un plazo de 54 días para realizar una nueva recarga, en cuyo caso se iniciará un nuevo plazo de 6 meses de vigencia. Durante dichos periodos, el cliente podrá dirigirse a Movistar, para identificarse como usuario de la línea, a efectos de la devolución del saldo. d) Por uso ilícito o indebido del servicio que conlleve la utilización de la condición de cliente para llevar a cabo una actividad empresarial, profesional, o económica cuyo objeto sea la cesión o reventa del servicio Movistar y/o el reencaminamiento de llamadas o de tráfico hacia terceros. ¡Anda! ¿Habeis leido bien lo que pone en el punto C? Os lo vuelvo a repetir por si lo habeis pasado deprisa y no os habeis fijado, por ausencia de recargas y caducidad del saldo, durante dichos periodos, el cliente podrá dirigirse a Movistar, para identificarse como usuario de la línea, a efectos de la devolución del saldo. Eh que no soy yo el que lo dice, es Movistar, o sea vosotros, los mismos que a la reclamacion 13389598, decís que no procede devolución. Como comprendereis esto es de chiste. Encima para mas inri, llamo al 1004 (como me indican en el SMS) y se limitan a decirme que vaya a la oficina del consumidor a presentar una reclamacion de segunda instancia. No queria meterme en lios de reclamaciones a la agencia de usuarios de telecomunicaciones, pero al final habeis conseguido. Espero vuestra contestación a iniciar los tramites, por deferencia a que este tema esta abierto, pero si no hay una respuesta positiva y que satisfaga mis intereses enviaré la reclamación que ya esta preparada. Un saludo.
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