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Lo mejor de todo es que encima te venden algo que incomprensiblemente luego no entra en la oferta y se quedan tan anchos.
Es publicidad engañosa
El fundamento constitucional de la represión de la publicidad engañosa
"Como se ha puesto de manifiesto, el delito publicitario
constituye una de las novedades introducidas por el Código
penal de 1995. Así, de acuerdo con el art. 282 C.p. se
castiga con la pena de prisión de seis meses a un año o
multa de seis a dieciocho meses a «los fabricantes o comerciantes
que, en sus ofertas o publicidad de productos o
servicios, hagan alegaciones falsas o manifiesten características
inciertas sobre los mismos, de modo que puedan
causar un perjuicio grave y manifiesto a los consumidores,
sin perjuicio de la pena que corresponda aplicar por la comisión
de otros delitos».
Es decir, si te lo dicen en el momento de la contratación te lo tienes que comer con patatas pero si a la hora de la gestión no te avisan que el coste es superior para ver canales HD, están incumpliendo la Ley.
Yo puedo asumir mi culpa por no informarme antes de contratarlo y mirar si realmente el precio sube porque tengo que contratar el iPlus, pero que los comerciales que te atienden no lo sepan o no te lo digan no es apropiado para Movistar porque consienten que sus clientes sean engañados.
Cabe decir que en el momento que lo contraté ya sabía que el iPlus iba aparte del precio y comparto la opinión que los clientes de satélite no tienen la culpa de no poder poner Tv por fibra,la cual si tiene Alta Definición sin coste adicional,pero aún así a mí no me informaron y tuve que ser yo quien lo preguntase al comercial que encima tuvo que preguntarlo. Lamentable