Foro
Hola jreboredo
Para poder ayudarte necesitaría que me ampliases la información, es decir que me indiques en un MP los datos de la línea sobre la que se hizo la reclamación y te mandaremos de nuevo la propuesta de resolución de la reclamación.
Un saludo :smileyhappy:
- jreboredo18-09-2013Mi vida cambió con el ADSL
Ya que no obtengo respuesta por privado, te hago la misma pregunta en el foro a ver si esto te incentiva:
Hola de nuevo Maribel:
De acuerdo con el Real Decreto 899/2009 del 22 de mayo; en su Artículo 26.2
"El servicio de atención al cliente del operador, de carácter gratuito, deberá prestarse de manera tal que el usuario final tenga constancia de las reclamaciones, quejas y, en general, de todas las gestiones con incidencia contractual que realice el abonado. A dichos efectos, el operador estará obligado a comunicar al abonado el número de referencia de las reclamaciones, quejas, peticiones o gestiones. El operador deberá admitir, en todo caso la vía telefónica para la presentación de reclamaciones.
Si el medio habilitado por el operador para la atención de reclamaciones, incidencias o gestiones con incidencia contractual es telefónico, éste estará obligado a informar al consumidor de su derecho a solicitar un documento que acredite la presentación y contenido de la reclamación, incidencia o gestión mediante cualquier soporte que permita tal acreditación."
En base a esto, entiendo que se me esta negando un derecho. Ten en cuenta que este articulo dice "un documento que acredite la presentación y contenido" en ningún momento dice que tenga que esperar a la resolución.
Me gustaría que me conteste a esto, y se me dé un motivo coherente por el cual me lo niegan. Gracias.
Un saludo.
- Fersancue20-09-2013El WIFI me llevó al sofá
jreboredo escribió:Ya que no obtengo respuesta por privado, te hago la misma pregunta en el foro a ver si esto te incentiva:
Hola de nuevo Maribel:
De acuerdo con el Real Decreto 899/2009 del 22 de mayo; en su Artículo 26.2
"El servicio de atención al cliente del operador, de carácter gratuito, deberá prestarse de manera tal que el usuario final tenga constancia de las reclamaciones, quejas y, en general, de todas las gestiones con incidencia contractual que realice el abonado. A dichos efectos, el operador estará obligado a comunicar al abonado el número de referencia de las reclamaciones, quejas, peticiones o gestiones. El operador deberá admitir, en todo caso la vía telefónica para la presentación de reclamaciones.
Si el medio habilitado por el operador para la atención de reclamaciones, incidencias o gestiones con incidencia contractual es telefónico, éste estará obligado a informar al consumidor de su derecho a solicitar un documento que acredite la presentación y contenido de la reclamación, incidencia o gestión mediante cualquier soporte que permita tal acreditación."
En base a esto, entiendo que se me esta negando un derecho. Ten en cuenta que este articulo dice "un documento que acredite la presentación y contenido" en ningún momento dice que tenga que esperar a la resolución.
Me gustaría que me conteste a esto, y se me dé un motivo coherente por el cual me lo niegan. Gracias.
Un saludo.
Tienes más razón que un santo, NO PUEDEN ALEGAR NINGUN MOTIVO. EL R.D. ES CLA-RI-SI-MO, CRIS-TA-LI-NO. Perdón, pero es para ver si se dan por enterados. Si quieres la reclamación, te puedo dar un método infalible para conseguirla por escrito.
- Fersancue20-09-2013El WIFI me llevó al sofá
jreboredo escribió:Ya que no obtengo respuesta por privado, te hago la misma pregunta en el foro a ver si esto te incentiva:
Hola de nuevo Maribel:
De acuerdo con el Real Decreto 899/2009 del 22 de mayo; en su Artículo 26.2
"El servicio de atención al cliente del operador, de carácter gratuito, deberá prestarse de manera tal que el usuario final tenga constancia de las reclamaciones, quejas y, en general, de todas las gestiones con incidencia contractual que realice el abonado. A dichos efectos, el operador estará obligado a comunicar al abonado el número de referencia de las reclamaciones, quejas, peticiones o gestiones. El operador deberá admitir, en todo caso la vía telefónica para la presentación de reclamaciones.
Si el medio habilitado por el operador para la atención de reclamaciones, incidencias o gestiones con incidencia contractual es telefónico, éste estará obligado a informar al consumidor de su derecho a solicitar un documento que acredite la presentación y contenido de la reclamación, incidencia o gestión mediante cualquier soporte que permita tal acreditación."
En base a esto, entiendo que se me esta negando un derecho. Ten en cuenta que este articulo dice "un documento que acredite la presentación y contenido" en ningún momento dice que tenga que esperar a la resolución.
Me gustaría que me conteste a esto, y se me dé un motivo coherente por el cual me lo niegan. Gracias.
Un saludo.
Excelente contestación, citando fuentes y todo. Ni yo lo habría contestado mejor.
Te mereces un voto positivo.
- jreboredo18-09-2013Mi vida cambió con el ADSL
Me mandáis una carta con la factura "Movistar informa".
Una carta maravillosa en la que dice "Nos ponemos en contacto con usted para recordarle los derechos que tiene garantizados*" esos derechos que tengo garantizados según orden ITC 1030/2007, y los cuales no me permitís ejercer.
-Pido copia de contrato Moviestar Fusión con las condiciones y se me niega.
-Pido copia de las reclamaciones que he puesto vía telefónica y se me niega.
-Pido copia de mi contrato telefónico y se me niega... al recordar al comercial, operador o quien sea el que me atendió, el inicio de esta carta y que tengo derecho a una copia escrita de mi contrato con las condiciones según la ITC, me dice que me la envía y que un unos diez días me llegara.... sigo esperando.
Ya estáis colmando mi paciencia.
- Fersancue20-09-2013El WIFI me llevó al sofá
jreboredo escribió:Me mandáis una carta con la factura "Movistar informa".
Una carta maravillosa en la que dice "Nos ponemos en contacto con usted para recordarle los derechos que tiene garantizados*" esos derechos que tengo garantizados según orden ITC 1030/2007, y los cuales no me permitís ejercer.
-Pido copia de contrato Moviestar Fusión con las condiciones y se me niega.
-Pido copia de las reclamaciones que he puesto vía telefónica y se me niega.
-Pido copia de mi contrato telefónico y se me niega... al recordar al comercial, operador o quien sea el que me atendió, el inicio de esta carta y que tengo derecho a una copia escrita de mi contrato con las condiciones según la ITC, me dice que me la envía y que un unos diez días me llegara.... sigo esperando.
Ya estáis colmando mi paciencia.
Hay un mensaje mío con la forma de acceder a las bases, como mandar el escrito y, sobre todo, un formulario tipo para poder mandarlo y que te puede servir de guía para tu escrito