Buenas tardes,
desearía saber si soy de los clientes a los que no se les debería estar cobrando por el servicio de identificación de llamadas según la sentencia del TS y el porqué si es que sí. He revisado mis facturas y en la emitida en el mes de abril se me realizó una devolución por regularización del servicio, pero se me sigue cobrando. El servicio lo tengo activo desde mucho antes de 2008 cuando en un principio era gratis. Muchas gracias.
Hola Toni16,
Parece ser que la sentencia obliga a devolver el importe cobrado solo a partir de 02 Febrero 2017, pero sin obligación de devolver retroactivos, es decir lo que nos cobrarón a miles de clientes durante 9 años ilegalmente.
De todas formas, lo peor no es eso, sino que a partir de 30 Junio todos los clientes que quieran disponer del servicio deberán pagar 2€ por mes.
Si entras a tu página de cliente, "Mi Movistar" y entras en servicios, hasta hace poco la fecha del alta de este servicio era la real (por ejemplo.. 2007), pero fíjate que si entras ahora nos han actualizado a todos la fecha y pone fecha de alta 02/02/2007 (fecha de la sentencia....), curioso, verdad??
Saludos,
Hola RFM,
supongo que es lo que se conoce como "artimañas legales". Gracias por tu respuesta.
Saludos.
Hola @Toni16 !
El Servicio de Identificación de Llamadas se prestaba de forma gratuita desde el 3 de marzo de 2001. En abril de 2008 Movistar comunicó el fin de la promoción de gratuidad, pasando a tener un coste de 0,58€, aunque dependiendo del producto contratado al que estaba asociado el servicio, el inicio del cobro fue el 10 de junio o el 1 de octubre de 2008.
A pesar de que el fin de la promoción se comunicó, los clientes que disfrutaron del servicio promocionado sin haberlo contratado expresamente, tienen derecho a disfrutar del servicio gratuito según sentencia del Tribunal Supremo, en la que se establece que desde el 02/02/2017, fecha de notificación de la sentencia, Movistar continuará prestando el Servicio de Identificación de llamadas a estos clientes de forma gratuita
Según la sentencia, Movistar no debe realizar devoluciones por cuotas cobradas por este servicio con anterioridad al 02/02/2017, por lo tanto, no procederían reclamaciones sobre cuotas anteriores.
Los clientes afectados por esta medida, tienen en la factura de marzo la devolución de la parte proporcional de la cuota del servicio, desde el 02/02/2017. A partir de la factura de abril, o de la siguiente a la que registra la devolución, el concepto como tal desaparece de la factura, pero el servicio seguirá activo y es gratis para estos clientes.
No obstante se informó en la factura de abril el cambio de condiciones sobre el servicio a partir del 01/07/2017 .
Si quieres , envíanos tus datos en un mensaje privado ( Nº teléfono , DNI y móvil de contacto ) para que podamos comprobar tu caso .
Saludos , Isabel G.
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Hola @RFM
Lamentamos informar que desde la comunidad no podemos indicarte nada más de lo que te hemos informado, no podemos entrar a interpretar una sentencia judicial ni a los cambios que establece movistar.
Saludos ; Antonio
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Hola Antonio,
No te preocupes, ya me lo has contestado todo, está clarísimo la jugada de Movistar.
Impresionante decepción.
Saludos