Nueva normativa de contratación telefónica

aasanz
Miembro Honorifico
Nueva normativa de contratación telefónica

El Gobierno ha modificado la normativa de contratación telefónica para exigir firma física, con el objetivo de evitar posibles abusos de las empresas.

Cerrar un contrato de servicios como la línea de móvil y ADSL, la luz y el gas exclusivamente a través del teléfono dejará de ser posible.

El Consejo de Ministros ha aprobado una profunda reforma de la legislación sobre protección al consumidor que exigirá a las compañías contar con la firma física de los clientes para darles de alta.

Si bien es un paso adelante en la protección al consumidor, habrá que esperar un poco, ya que esta nueva normativa será de aplicación a los contratos con los consumidores celebrados a partir de junio de 2014.

Fuente: Expansion.com

 

Saludos.Guiño

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aasanz
Miembro Honorifico

 

Hola @manolito74 

 

Pues eso parece.

 

El artículo 98.6 dice:

 

 En aquellos casos en que sea el empresario el que se ponga en contacto telefónicamente con un consumidor y usuario para llevar a cabo la celebración de un contrato a distancia, deberá confirmar la oferta al consumidor y usuario por escrito, o salvo oposición del mismo, en cualquier soporte de naturaleza duradera. El consumidor y usuario sólo quedará vinculado una vez que haya aceptado la oferta mediante su firma o mediante el envío de su acuerdo por escrito, que, entre otros medios, podrá llevarse a cabo mediante papel, correo electrónico, fax o sms.

 

Saludos.Guiño

Mensaje 26 de 28
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manolito74
Yo probé el VDSL

Uff... Pues ojala sea cierto y les obliguen a mandar los Contratos por Correo. 😉

 

Gracias & Saludetes. 😉

Mensaje 27 de 28
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Fersancue
El WIFI me llevó al sofá

Hola:

 

Eso de que tuvieran que mandarte el contrato en un soporte duradero, ya existía desde hace años y no es nada nuevo.

 

Leeos este mensaje mío sobre el tema (Pinchad sobre el texto en azul para acceder al mensaje )


Otra cosa es que no fuera de público conocimiento, pero existir la obligación, existía, tanto para preselección como para portabilidad ( y para altas nuevas ).

 

Un saludo

1º.- En una contratación solo valen.........la ley y sus condiciones generales
2º.- Más vale una reclamación escrita a mano, que cientos de ellas hablando
3º.- Es triste pedir ( un voto ), pero más triste es reclamar
Mensaje 28 de 28
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