Lo que movistar no cuenta: suspensión Fusión por impago

kimim
Yo probé el VDSL
Lo que movistar no cuenta: suspensión Fusión por impago

Hola, como veo que mucha gente le están cobrando ilegalmente por suspensión de línea, os dejo lo que dicen las condicioens de fusión sobre suspensión de línea por impago:

 

En resumen, para que os corten la línea tiene que pasar un mes + 15 días sin pagar. Si tienes cargos que no son comunicaciones electrónicas (por ejemplo los famosos pagos movistar) puedes pedir que te hagan factura aparte (aunque movistar se niega a hacerlo) y si no pagas estos cargos no te podrán cortar la línea (lo que no impide que movistar te los reclame por otros medios)

 

No os deberían cobrar los 25 euros simplemente porque el banco devuelva el recibo o hayáis ajustado el día de pago, como le está pasando a mucha gente, que por estas causas automáticamente les cobran

 

recordar que esto es solamente para FUSIÓN. Las condicioens para suspensión de SOLO LÍNEA MÓVIL son más estrictas y la penalización es de "solo" 18 euros

 

además, la ley vigente, RD 899 2009 establece otra serie de garantías que movistar tampoco respeta

 

aquñi las condiciones de fusión y debajo el extracto sobre penalización

 

http://www.movistar.es/rpmm/estaticos/residencial/fijo/banda-ancha-adsl/contratos/cg-movistarfusion....

 

 

 

Spoiler

7.1. Suspensión por impago.


El retraso en el pago, total o parcial por el Cliente de las cantidades adeudadas por un plazo
superior a un mes desde la presentación al cobro del documento de cargo correspondiente a
la facturación de Fusión, dará derecho a Movistar y a Telefónica Móviles España, S.A.U, previo
aviso al Cliente, a suspender respectivamente la prestación del servicio telefónico fi jo, el
servicio de banda ancha (ADSL o Fibra), el servicio Movistar Imagenio en su caso y, el servicio
de comunicaciones móviles Movistar.


Sin perjuicio de lo anterior, en ningún caso el retraso en el pago antes descrito dará lugar a la
suspensión temporal de las LÍNEAS ADICIONALES que pudiera haber contratado el Cliente. No
obstante, en este supuesto, dichas líneas causarán baja inmediata en la tarifa Fusión LÍNEA
ADICIONAL, asumiendo un compromiso de gasto mínimo de 30 € por el tiempo que reste
hasta el vencimiento del periodo de 12 meses que cada una de ellas tenía comprometido
y facturándose todos los servicios que preste a partir de ese momento Telefónica Móviles
España. S.A.U. al Cliente de conformidad con las condiciones legales y precios de Catálogo
del Contrato Básico Personal con el plan “Habla y Navega 30” o, para el caso de Clientes
autónomos, del Contrato “Con Tu Negocio 24h + Internet 30”, sin perjuicio de cualquier otro
que quisiera elegir el Cliente.


Movistar notifi cará la suspensión de los servicios arriba referidos mediante una comunicación
al Cliente que se practicará con al menos 15 días de antelación a la fecha en que vaya a
tener lugar la suspensión. En la misma comunicación Movistar incluirá la fecha en que, de no
efectuarse el pago, se procederá a la suspensión, que no podrá llevarse a cabo en día inhábil.


El impago de los servicios que no se consideran comunicaciones electrónicas no producirá la
suspensión de los servicios, siempre que pague la parte de la factura que corresponda a los
servicios de comunicaciones electrónicas. En este caso, si hubiera disconformidad del Cliente
con la factura tendrá derecho, previa petición, a la obtención de facturas independientes.


Movistar restablecerá los servicios suspendidos dentro del día siguiente laborable a aquel en
que tenga constancia de que el importe adeudado ha sido satisfecho, pasando al cobro al
Cliente, en concepto de rehabilitación de todos los servicios, la cantidad de 25 euros, siendo
de aplicación los impuestos indirectos que, en su caso, correspondan.

 

 

 

 

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kimim
Yo probé el VDSL

para completar os copio lo que dicen las condiciones de movistar (manual de precios) respecto a la penalización por restablecimiento de línea móvil (el anterior mensaje era de fusión)

 

tenéis que pinchar en spoiler. lo pongo así para que desde movistar no puedan decir que si habéis visto esta página estáis informados

 

https://www.canalcliente.movistar.es/staticFiles/cda/mp/particular/ManualPrecios_PreciosActual_Contr...

 

 

Spoiler

Cuota de Rehabilitación en Negocio Móvil 18,00 €


Precios en vigor desde las 00:00 del 01 de septiembre 2012


MOVILES ESPAÑA S.A.U. podrá suspender el servicio por demora o falta de pago desde la fecha en que se tenga conocimiento de tal circunstancia. Mientras dure la suspensión, el cliente podrá recibir llamadas (excepto cuando se encuentre fuera del territorio español o se traten de llamadas a cobro revertido), así como a realizar llamadas al servicio de emergencia. Una vez tenga constancia de que el importe adecuado ha sido satisfecho restablecerá el servicio y ordenará un cargo de 18 € en la siguiente factura disponible al cliente rehabilitado.

 

 

 

Varias reflexiones:

 

  • aquí no existe el plazo de un mes que hay con fusión o con línea fija (es un vacío legal del que movistar se aprovecha)
  • os ha notificado movistar el cambio de las condiciones de uso en septiembre del 2012?: no, y tendrían obligación de hacerlo, por lo cual ahora no pueden reclamar esta cantidad. ¿o es que tenemos que estar mirando todos los meses la web de movistar a ver si cambian algo?
  • en ningún sitio pone que el límite de pago sea el 5 del mes. en mi factura pone "Para ser pagado a partir de 1 Enero 2013"
  • Dice cuota de rehabilitación en negocio móvil. De cuentas particulares/residenciales/de autónomos no dice nada, por lo que se entiende están exentas
  • la ley dice que te pueden cortar la línea "previo aviso". Vale un SMS como aviso? Para mí desde luego no
  • ya sabéis que si tenéis un cargo de cualquier servicio que no sean comunicaciones elctrónicas (y esto incluy los famosos pagos movistar e incluso el imagenio), podéis pedir que os desglosen la factura y si pagáis sólo lo que no son estos servicios legalmente no os pueden cortar la línea
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