Se crea la Dirección electrónica del punto de información único. La dirección electrónica del punto de información único es: https://sedeaplicaciones.minetur.gob.es/piu
De esta forma se reduce el coste en el despliegue de las redes de comunicaciones electrónicas de alta velocidad, mediante el establecimiento de un punto de información único que proporcionará la siguiente información:
a) Direcciones de contacto para presentar la solicitud escrita previa a la que se refiere el artículo 5.1 del citado real decreto,
b) obras civiles relacionadas con infraestructuras físicas susceptibles de alojar redes de comunicaciones electrónicas de alta velocidad y
c) enlaces a las páginas web en las que las Administraciones Públicas informan sobre las condiciones y los procedimientos aplicables para la instalación y despliegue de redes públicas de comunicaciones electrónicas y sus recursos asociados.
https://www.boe.es/boe/dias/2019/05/11/pdfs/BOE-A-2019-6997.pdf