COBRO POR EQUIPOS

VicenteSP
Más integrado que la RDSI
COBRO POR EQUIPOS

Estimado Operador,

Os mande la presente reclamación por email y carta certificada el pasado 5 de febrero pero no he recibido ninguna respuesta hasta el momento.

Era titular de un contrato de servicio de telecomunicaciones FUSIÓN #0, por la linea fija 971.31.21.28 

Solicite la portabilidad de mis lineas hacia Orange, así que hable telefónicamente con uno de vuestro operador y se grabo mi consentimiento para dicho tramite.

En ningún momento, ni durante, ni posteriormente, me ha informado ni de mis derechos ni de mis obligaciones una vez que este rescindido el contrato, por lo que pensé que no tenia nada que hacer, sino esperar que se haga efectiva la portabilidad.

No obstante, acabo de recibir una factura nº AA6C20159135 del 01/02/20, por un importe total de 169.88 € así desglosada :

- 60€ en concepto de no devolución del descodificador

- 80.40 € en concepto de no devolución del Router Smart WiFi

Según el articulo 12 del Real Decreto 899/2009, de 22 de mayo, por el que se aprueba la carta de derechos del usuario de los servicios de comunicaciones electrónicas.

Antes de contratar, los operadores de comunicaciones electrónicas deben poner a disposición del usuario final de forma clara, comprensible y adaptada a las circunstancias la información veraz, eficaz, suficiente y transparente sobre las características del contrato, en particular sobre sus condiciones jurídicas y económicas y de los servicios objeto del mismo.

Los operadores de servicios de comunicaciones electrónicas publicarán sus condiciones generales de contratación en un lugar fácilmente accesible de su página de Internet. Asimismo, facilitarán dichas condiciones por escrito, si así lo solicita un usuario final, que no deberá afrontar gasto alguno por su recepción, e informarán sobre ellas en el teléfono de atención al público, que tendrá el coste máximo del precio ordinario del servicio de telecomunicaciones sin recargo.

 

Primero, considero que es una clara falta de información por vuestra parte : ni cuando he contratado los servicios FUSION, ni cuando decidí rescindir dicho contrato solicitando la portabilidad, he estado informado de la supuesta obligación de devolver, por lo visto en el plazo de 15 días, tanto el descodificador como el Routeur.

Por mi parte, pensaba de buena fe que al pagar las cuotas mensuales, pagaba también los equipos…

 

Segundo, me gustaría saber sobre que baremo, que no sea de su gusto y que hubiera contractualmente aceptado, se calculan los precios de estos equipos, que me parecen muy por encima del precio del mercado. Es que a pesar del tiempo pasado a buscar las condiciones generales en su muy confusa pagina web, tampoco he llegado a leer nada al respeto.

 

Según el articulo 8 g) de dicho Decreto real, el operador esta obligado a remitir al usuario un contrato escrito que precisará el detalle, en su caso, de los vínculos existentes entre el contrato de servicio de comunicaciones electrónicas y otros contratos, como los relativos a la adquisición de aparatos terminales.

No tengo el recuerdo de haber estado informado o haber firmado algo al respeto.

En el caso contrario, solicito que me refresque la memoria y me mande, sin coste (conforme al art.12) una copia de dicho contrato con mi firma.

A consecuencia, solicito el reembolso total y inmediato del importe de 169.88 € indebidamente cobrado.

Por supuesto, dejo a su disposición los equipos objetos de la presenta reclamación (gracias por indicarme las modalidades de devolución).

Me quedo a la espera de una respuesta satisfactoria, para arreglar amistosamente mi reclamación, ya que en el caso contrario, tendría que pedir a mi banco la devolución del recibo y informar a la Dirección General de Consumo.

Saludos

 

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