Buenos días,
Quisiera saber, a los que teniamos activado el identificador de llamada desde hace años, y pagando por ello claro, si cumpliamos los requisitos para que fuera gratuito, tenemos derecho a devolución de esos importes?, entiendo que si no fuera asi seria un caso claro de agravio comparativo. Tambien nos podeis aclarar cuales eran los requisitos para que fuera gratuito en algunos casos?
Gracias.
Editado 12-08-2018 16:46
Editado 12-08-2018 16:46
Hola @dragonsolo
La sentencia hace referencia a aquellos clientes que dieron de alta el servicio cuando era gratuito y a los que, de forma unilateral, comenzaron a cobrarselo en 2008. La sentencia les reconoce el derecho a seguir manteniendo el servicio en las mismas condiciones en que lo contrataron.
En ningún momento entra a determinar si el servicio debe tener un coste o no. Por ello a los que lo dieron de alta después movistar se lo sigue cobrando.
A partir de ahí , noviembre 2017, Telefónica / Movistar para poder facturar por un Servicio hasta entonces gratuito, previamente lo dió de baja para todos los Clientes que no pagaban cuota por él. Es decir, los Clientes interesados en el mismo, desde entonces, tuvieron, o tienen, que contratarlo
Identificación de Llamadas, 2 €/mes
Un cordial saludo ; Antonio
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