Editado 09-02-2017 21:00
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Buenos días, Abrí una incidencia en Octubre para tratar un tema de suplantación de identidad que no se resolvio favorablemente (n exp: xxxxx), simplemente me indicaron que había una grabación. Acudí a la comisaría para presentar una denuncia como se me indicó, pero la policia necesita mas evidencias para poder abrir y tramitar la denuncia. Se me podría facilitar el contrato que se abrió (supuestamente) en mi nombre, dirección en la que se abrió y la grabación?
Hola @Ivanrtorres
No disponemos de opción del envío de la copia de la grabación por este medio, podemos realizar la comprobación de los datos.
Si lo deseas, te podemos envía un duplicado de las facturas que nos constan pendientes
Un saludo
Mercedes
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Ivanrtorres escribió:Buenos días, Abrí una incidencia en Octubre para tratar un tema de suplantación de identidad que no se resolvio favorablemente (n exp: xxxxx), simplemente me indicaron que había una grabación. Acudí a la comisaría para presentar una denuncia como se me indicó, pero la policia necesita mas evidencias para poder abrir y tramitar la denuncia. Se me podría facilitar el contrato que se abrió (supuestamente) en mi nombre, dirección en la que se abrió y la grabación?
como puedes ver las facturas si pero lo que demuestra la contratacion la grabacion eso no pueden,te dara a lo mejor un numero o un enlace que lo unico que te va hacer es desesperarte.
Pon en el buscador de la comunidad "suplantacion" y puedes leer algunos y como suelen acabar,yo iria a otra via reclamatoria (omic,ocu,juzgado....) ya solicitaran ellos el contrato y si demuestras que no es tuyo ya una segunda denuncia por suplantacion en la policia.
un saludo
Por favor envienme las facturas el contrato, y por que medio me podrían dar la grabación?
Hola Mercedes,
Sigo a la espera. Por favor necesito esta información para poder abrir la denuncia!
Buenos días @Ivanrtorres
Siento comunicarte que el envío de las grabaciones no está disponible, pero vamos a solicitar el envío de las facturas si nos confirmas por favor la dirección de correo electrónico en privado
Un saludo
Yolanda
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Hola @Ivanrtorres
Recibido tu privado.
Te informaremos a la mayor brevedad
Un saludo
Yolanda
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Buenos días@Ivanrtorres
Tienes una reclamación abierta por este motivo, el número de expediente asociado a tu caso es 13265147, en breve se pondrán en contacto contigo para informarte.
Saludos
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Buenos días@Ivanrtorres
He revisado tu caso y consta que ya te han enviado mail dando respuesta a tu reclamación, con tu permiso cerramos el hilo.
Saludos
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Hola Marian,
El correo que me han mandado solo indica que no me pueden enviar el contrato, pero aun estoy a la espera de las facturas que me indicasteis me ibais a mandar... no entiendo como si supuestamente he abierto yo ese contrato no tengo derecho a saber ni en que dirección se abrió. Insisto necesito esta información para poner la denuncia.
Si la solicitas ,tienen la obligación, según dispone el artículo 53.4 de la vigente ley 9/2014, ley general de telecomunicaciones, de remitirte el contrato celebrado por escrito o en un soporte duradero como, por ejemplo, la grabación de tu contrato verbal, que ya estaba regulado antes de entrar en vigor la ley vigente en las circulares 1/2004(apartado 4.d) y 1/2004 (apartado 4,c) sobre preselección y portabilidad, respectivamente.
Por tanto, deben darte las grabaciones y, además, deben dártelas en un formato inteligible (que se pueda escuchar) sin usar codecs propietarios, tal como establece el articulo 29.3 real decreto 1720/2007 sobre el reglamento de la ley orgánica de protección de datos.el contrato verbal también tiene validez en el derecho civil español, pues el código civil solo pone 3 condiciones para que exista un contrato, según el artículo1261 del codigo civil.
1 - Consentimiento de las partes (que cliente y compañía estén de acuerdo)
2 - Objeto (un servicio o producto que sea legal y posible de llevar a cabo)
3 - Causa (la voluntad libre de una parte de ganar dinero y de la otra de recibir unos servicios determinados)
Por tanto, el contrato existe con la simple demostración ( aún cuando sea verbal ) de que una parte quiere ofrecer un servicio legalmente y la otra parte lo quiere recibir y ambos aceptan las obligaciones y derechos de forma libre, y en el caso de servicios de telecomunicaciones dicho contrato está regulado por la vigente normativa sobre telecomunicaciones.
Tambien quiero informarte caso de discrepancia entre compañía y usuario, debe ser la compañía quien demuestre que tiene la razón, si las pruebas dan la razón al usuario o la compañía no puede demostar que tiene la razón (porque no exista una grabación o documento o, simplemente porque las extrabiaran )el cliente siempre tendra la razón.
Solicitud de acceso a contrato de telecomunicaciones
D./Dª , mayor de edad, con domicilio a efectos de notificaciones en C/ , nº , Piso , letra , código postal , de , provincia de , o alternativamente al correo electrónico , provisto de DNI nº , del que acompaña fotocopia por ambas caras, por medio del presento escrito comparece ante la mercantil _______________, con CIF ___________ y domicilio en la calle _______________________, número ____ de _________________, provincia de __________, y como mejor convenga en derecho
EXPONE:
1.- Que la ley 9/2014 (ley general de telecomunicaciones vigente), en su artículo 53.4 dispone expresamente, de forma imperativa, que las compañías de telecomunicaciones deben hacer llegar a sus clientes, en formato duradero, los contratos celebrados con ellos.
2.- La ley orgánica 15/1999 sobre datos de carácter personal dispone, en su artículo 15.1, que toda persona física tiene derecho “a solicitar y obtener gratuitamente información de sus datos de carácter personal sometidos a tratamiento, el origen de dichos datos, así como las comunicaciones realizadas o que se prevén hacer de los mismos.”
3.- Por otra parte, el mismo artículo 15, en su segundo punto, dispone que “la información podrá obtenerse mediante la mera consulta de los datos por medio de su visualización, o la indicación de los datos que son objeto de tratamiento mediante escrito, copia, telecopia o fotocopia, certificada o no, en forma legible e inteligible, sin utilizar claves o códigos que requieran el uso de dispositivos mecánicos específicos.”
4.- Por otra parte, el artículo 5.1.f del Real decreto 1720/2007 define la voz como un dato personal, y según el artículo 1261 del código civil, existe un contrato cuando se dan las siguientes circunstancias
De lo cual se desprende que una conversación entre los servicios comerciales de su compañía de telecomunicaciones y D. _____________, constituye un contrato (verbal), siempre que existan los requisitos anteriormente citados, siendo la causa el intercambio de servicios de telecomunicaciones a cambio de un precio estipulado en la conversación, el objeto del contrato los servicios de telecomunicaciones concertados y el consentimiento la aceptación por parte de D. ______________ de las condiciones pactadas en la misma conversación
5.- D. ______________ tiene la voluntad de tener en su poder el contrato celebrado con la compañía ____________, a efectos de revisar las condiciones aplicables al mismo, a fin de poder plantear reclamación contra la compañía de referencia, por incumplimiento de las condiciones fijadas en el contrato
Y por todo lo anteriormente escrito,
SOLICITA:
1.- Se le facilite el acceso a todos los datos que puedan obrar en poder de la citada mercantil referentes a su contrato de servicios con la compañía, incluido el propio contrato, todo ello en el plazo máximo de un mes a partir de la recepción de esta solicitud.
Dichos datos de carácter personal sobre la persona de D. , deberán incluir también las grabaciones de voz de los contratos que D________________pudiera haber suscrito con …………………(poner la compañía), pues el artículo 5.1.f del Real decreto 1720/2007 define la voz como un dato personal
Por otra parte, toda la información proporcionada deberá ser entregada de forma que sea legible e inteligible, sin que deba ser necesario usar claves o códigos que requieran el uso de dispositivos mecánicos específicos, cualquiera que sea el soporte en el que sean proporcionados, tal y como dispone el artículo 29.3 del real decreto 1720/2007.
2.- Que, una vez estimado el derecho de acceso, se remita por correo la información a la dirección de correo postal citada en los datos del solicitante como dirección a efectos de notificaciones o, alternativamente, al correo electrónico también ya citado.
D. __________ entiende que, según dispone el artículo 18 de la ley orgánica 15/1999 sobre protección de datos, transcurrido el plazo máximo para concederle el derecho de acceso, este no se hace efectivo, quedará habilitado para ejercer su potestad de petición de la tutela sobre sus derechos ante la agencia española de protección de datos y a pedir la apertura de expediente sancionador contra la mercantil de referencia, que puede devenir en la imposición de una sanción por infracción calificada como grave en el artículo 44.3.e) de la citada ley orgánica (impedir el ejercicio de derechos lo es) y que está sancionada con ente 40.001 y 300.000 €, tal como señala el artículo 45.2 de la mencionada norma.
También quedará habilitado D. ____________ para presentar reclamación, en el mismo plazo, ante la secretaría de estado de telecomunicaciones y para la sociedad de la información (SETSI) y solicitar incoación de expediente sancionador por vulneración de los derechos del usuario (el de no poner a su disposición el contrato celebrado) reconocidos en el artículo 47 de la ley 9/2014 (la vigente ley general de telecomunicaciones), recogida como infracción grave en el artículo 77.37 de la citada ley y sancionada con hasta 2.000.000 € según dispone el artículo 79 de la ley citada.
Atentamente
Firmado:
En ,a de de 20
Hola quiero también aportar esto y que quede claro que los moderadores cumplen ordenes de sus superiores . Cada vez es más habitual que se contrate de forma telefónica con las compañías de telecomunicaciones, con el consiguiente peligro para los usuarios de que alguna persona se haga pasar por él y contrate servicios que el usuario ni desea ni conoce. Esta conducta se conoce como suplantación de identidad y de ella tratará este mensaje. En este mensaje, la persona que contrata usando el nombre de otra persona se denominará suplantador, y a la que sufre las consecuencias de la suplantación se le denominará víctima, para evitar equivocaciones a la hora de nombrar a una u otra persona. La suplantación de identidad siempre se da porque una persona conoce los datos de otra y los usa con fines ilícitos, con perjuicio de un tercero (la víctima) y con engaño a otra (la compañía), lo cual constituye un delito, según el artículo 248 del código penal El conocimiento de los datos puede ser consecuencia de otro delito, como puede ser el robo de un documento de identidad, o de un aparato o documento en el que estuviera reseñada dicha información (por eso ahora las facturas en papel se mandan con varios dígitos de la cuenta ocultos con asteriscos), por imprudencia del usuario (pérdida de la documentación), o por venganzas y rencillas con allegados al usuario (divorcios, desavenencias con la pareja o amistades…). En el caso de sustracción o pérdida de la documentación, es altamente recomendable denunciar el hecho ante la policía (bien sea nacional, autonómica, municipal o guardia civil) para dejar constancia del hecho, a fin de tener la denuncia presentada como un documento oficial. Pero en el caso de la suplantación por el conocimiento por parte de un allegado de los datos personales de la víctima, y su uso para suplantarle, no se puede presentar ningún tipo de denuncia, pues se desconocen las intenciones, incluso se confía en la otra persona. En todo caso, tanto en el caso de la obtención de los datos por un ilícito, por una imprudencia o por el abuso de confianza de un allegado, tras tener conocimiento de la suplantación, para evitar que se produzcan más (e incluso antes de producirse la suplantación, para prevenirla) es muy recomendable incluirse en los ficheros de vigilancia de documentación como el DER (Fichero de documentación extraviada, robada y de auto-inclusión). Con la inclusión de los datos de un usuario en este fichero, se consigue que el documento identificativo de una posible víctima sea vigilado por las compañía como posible víctima de suplantaciones de identidad, siendo sometido, en este caso, a ciertos protocolos de seguridad adicionales, para evitar fraudes. Dichos protocolos supondrán para la víctima un engorro, pues es posible que no le dejen contratar de forma telefónica, que cuando pague con tarjeta le pidan siempre el DNI o cosas parecidas, pero siempre es preferible sufrir esos protocolos que ser víctima de una suplantación, por el gran proceso burocrático que conlleva dejar de estar en los ficheros de solvencia patrimonial. La denuncia del extravío o robo de la documentación no sirve, por sí solo, para prevenir el [....], debiendo la víctima incluirse en el fichero DER para librarse de futuras suplantaciones (que para eso se fundó), e incluso sería conveniente incluirse en él aún antes de ser víctima, precisamente para evitar serlo. Por otro lado, y dado que la compañía argumentará ante la víctima que tiene un contrato, conviene también que dicha persona pida su contrato (bien sea verbal, bien escrito) a la compañía para tener una prueba de lo contratado y, sobre todo, para demostrar que la persona que contrató no fue la víctima, circunstancia vital en este caso, por tratarse de una contratación no realizada por el usuario, sino por otra persona.
movistar el no conocer la ley no te exime de cumplirla,pero bueno estoy seguro de que la conoceis con lo cual vulnerais los derechos del usuario.
Buenos días@Ivanrtorres
Si no estas conforme con la resolución de tu reclamación puedes exponer tu disconformidad con la gestión en el servicio defensa del cliente. Puedes acceder en este enlace.
Saludos
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Me parece bien y así lo haré, pero insisto en el correo que me envian no dicen que no me pueden mandar las facturas, y aquí se me dijo que lo harían, podríais revisarlo por favor?
Hola @Ivanrtorres
Vamos a procede a enviar el duplicado de las facturas que solicitas a la mayor brevedad.
Un saludo
Vero
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Hola @Ivanrtorres
Hemos comprobado con los datos que nos has facilitado que las facturas sobre las que solicitas duplicados son del año 2011. Te informo que Movistar puede facilitar duplicados de facturas de hasta los 5 últimos años. Puedes realizar reclamación en segunda instancia a través de:
Servicio de Defensa al Cliente
Telefónica S.A.
Gran Vía, 28
28013 Madrid
Saludos!!!
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si no estoy equivocado se tienen que guardar por 6 años y no por 5 eso con una llamadita a consumo de tu ciudad te lo aclaran rápidamente y de paso coméntales que te han suplantado la identidad y no te quieren demostrar nada ni facturas ni contratos solo que pagues "si es así" sin aportar ninguna justificación para denunciar dicha suplantacion,y te repito que las reclamaciones sobre todo de este tipo caen en saco roto en movistar.Fijate lo que te lleva pasado en el hilo ,que te las mandan ahora que no mañana reclama................. seguir perdiendo tiempo es lo que ellos quieren.
Un saludo.
Ya la verdad que no se si reirme o llorar, no se puede ser menos profesional...
Hola @Ivanrtorres
Te pido disculpas por las molestias ocasionadas pero como te he indicado no podemos facilitar duplicados de mas de 5 años. Por eso te remití a la dirección para que lo pudieras solicitar por escrito y ver si desde hay te las pueden facilitar.
Saludos!!!
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Hola @Ivanrtorres
Al ver que no necesitas nada más ya que desde el día 07/03 de mi último post no me comentas nada , entiendo que lo tienes todo resuelto y estas conforme con la información que te he facilitado , por lo cual procedo a cerrar el Hilo.
En el caso contrario puedes realizar una nueva consulta abriendo un Hilo nuevo.
Lamento las molestias ocasionadas
Saludos!!!
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