Dar de baja una línea... Urgenteeeeeeee!!!

morayflamenka
Mi vida cambió con el ADSL
Dar de baja una línea... Urgenteeeeeeee!!!

Hola quisiera saber cómo puedo dar de baja una linea de telefonía móvil. Lo más gracioso, y para mi es muy indignante, es que yo NOOOOOO la he contratado, sino que se trata de una tarjeta que Movistar me regaló para usarla como modem al hacer un contrato de una línea de móvil convencional. Pues bien, no me informaron de nada y cuando yo hice la baja de mi línea de móvil seguía (y sigo) recibiendo facturas de esta otra tarjeta. Pero más gracioso aún es si digo que llevo dos meses realizando llamadas diarias a la compañía pra darla de baja, cuando ni siquiera yo debería molestarme, y que me tienen durante dos horas al teléfono para al final pasarse la pelota unos a otros y colgarme sin solucionarme nada. Total, que sigo pagando por algo que yo ni siquiera he contratado. Ahh, y si me voy a una tienda física me dicen que lo haga por teléfono, muy gracioso... Creo que lo siguiente que me queda es tomar otro tipo de medidas, ya sean judiciales o acudiendo a la oficina de consumo. ¿Alquien me puede ayudar?

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Indignadisimo
Yo probé el VDSL

@morayflamenka 

 

Buenos días, este problema que estás padeciendo no debería existir, ya que TODO está regulado en la legislación vigente, te facilito un par de artículos del R.D. 899/2009.

 

Artículo 7. Extinción de los contratos.
El contrato se extinguirá por las causas generales de extinción de los contratos y,
especialmente, por voluntad del abonado, comunicándolo previamente al operador con
una antelación mínima de dos días hábiles al momento en que ha de surtir efectos.
El operador se abstendrá de facturar y cobrar cualquier cantidad que se haya podido
devengar, por causa no imputable al usuario final, con posterioridad al plazo de dos días
en que debió surtir efectos la baja.
El procedimiento habilitado por el operador para que el consumidor haga uso de este
derecho se ajustará a lo previsto en el artículo 26.2 de este real decreto, garantizando en
todo caso al usuario la constancia del contenido de su solicitud de baja en el servicio.

 

Artículo 26. Servicio de atención al cliente de los operadores.
1. Los operadores deberán disponer de un departamento o servicio especializado de
atención al cliente, que tenga por objeto atender y resolver las quejas y reclamaciones y
cve: BOE-A-2009-8961BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 131 Sábado 30 de mayo de 2009 Sec. I. Pág. 45403
cualquier incidencia contractual que planteen sus clientes. Los titulares del departamento
o servicio de atención al cliente serán los encargados de relacionarse, en su caso, con el
servicio administrativo de solución de controversias a que se refiere el artículo 27 y al que
remitirán la información que les sea requerida, con indicación del número de referencia
asignado a la correspondiente reclamación.
No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, mediante orden ministerial podrá
establecerse, en función del número de trabajadores del operador o de su volumen de
negocio, la exención de la obligación de disponer del departamento o servicio especializado
a que dicho párrafo se refiere, sin perjuicio del cumplimiento del resto de requisitos
establecidos en el artículo 8.1.l).
2. El servicio de atención al cliente del operador, de carácter gratuito, deberá prestarse
de manera tal que el usuario final tenga constancia de las reclamaciones, quejas y, en
general, de todas las gestiones con incidencia contractual que realice el abonado. A dichos
efectos, el operador estará obligado a comunicar al abonado el número de referencia de
las reclamaciones, quejas, peticiones o gestiones. El operador deberá admitir, en todo
caso la vía telefónica para la presentación de reclamaciones.
Si el medio habilitado por el operador para la atención de reclamaciones, incidencias
o gestiones con incidencia contractual es telefónico, éste estará obligado a informar al
consumidor de su derecho a solicitar un documento que acredite la presentación y
contenido de la reclamación, incidencia o gestión mediante cualquier soporte que permita
tal acreditación.

 

 

Con esta información puedes llamar a 1004 (Telefónica tiene habilitadas las gestiones telefónicamente). Les indicas que quieres ejercitar tus DERECHOS recogidos en el R.D. 899/2009 y exiges una copia por escrito.

 

Si quieres tener MAYOR seguridad, hazlo desde "mi movistar" (si no tienes registro, lo puedes hacer en línea) y formula allí tu solicitud. Tendrás un ACUSE DE RECIBO sin ningún tipo de manipulación.

 

un cordial saludo.

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Gladiss-movistar
Antiguo Moderador

 

 

Hola, @morayflamenka!Emoticono muy feliz

Envíame si quieres por un mensaje privado los datos que te indico a continuación y lo miramos:

* Nombre/Apellidos
* DNI
* Número de teléfono que quieres dar de baja 

* Tfno de contacto y horario de atención

 

Salu2Guiño



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