Nueva App y todas las novedades para presentar la declaración de la Renta 2017

Cristina_Movistar
Antiguo Moderador
712 Visitas

Como cada año se abre la ventana para presentar la declaración de la renta con todos los pasos y trámites que ello conlleva y el tiempo que se invierte en esta obligación anual de todos los residentes en territorio nacional. Pero este año, la Agencia Tributaria (AEAT) ha innovado para facilitar esta misión lanzando al mercado una nueva aplicación móvil en la que podrás presentar tu declaración de la Renta y Patrimonio de 2017 a partir del próximo 4 de Abril, hasta el 2 de Julio desde el móvil, disponible tanto para iOS, como para Android, pero ésta no es la única novedad.

 

declaracionrenta2017.jpg

 

¿Qué me permite la aplicación?

 

La aplicación pretende facilitar la presentación de la declaración "con un solo clic", siendo su estimación de que una de cada cuatro declaraciones tendrán lugar mediante esta vía, como explicó Rufino de la Rosa, Director del Departamento de Gestión de la Agencia Tributaria en el que la nueva aplicación, se espera, será usada "como mínimo" por 4,8 millones de contribuyentes, esperándose más de 19 millones de declaraciones, según históricos desde el 2008.

 

Se ha producido una profunda digitalización, dónde la presentación de declaraciones realizadas por internet han pasado del 49% en 2010 al 88% en el 2017, así como en un adelanto de su tramitación, de manera que el 52% de las mismas se presentaron durante los dos primeros meses de campaña, lo que permite agilizar las devoluciones.

 

 ¿Qué novedades tiene esta campaña?

 

Además de ser la campaña más tecnológica, ya la segunda vez consecutiva sin el programa de asistencia Padre y  con un consolidado sistema Renta Web, revoluciona con la nueva "app" en la que Hacienda calcula que al menos 4.850.000 contribuyentes se podrán beneficiar de ello.

 

En esta campaña de la Renta 2017 estos son los principales cambios:

 

  • No habrá envío postal del borrador ni SMS con el número de referencia: Únicamente se enviarán los datos fiscales y referencias.

     

  •  Plan 'Le llamamos': desde el 3 de abril estará en marcha esta herramienta, por la que la AEAT se pondrá en contacto con el contribuyente en la fecha y hora que solicite. El servicio será de 9.00 horas hasta las 20.30 horas. Lo podrán solicitar los contribuyentes con rendimientos del trabajo inferiores a 65.000 euros, rendimientos del capital mobiliario inferiores a 15.000 euros, rendimientos del capital inmobiliario por un inmueble o contrato, ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de transmisiones de fondos de inversión, ganancias y pérdidas patrimoniales no derivadas de transmisiones, salvo que correspondan a actividades económicas y rentas procedentes del régimen a atribución de rentas que correspondan a rendimientos de capital mobiliario e inmobiliario, con los mismos límites anteriores.

 

  • Compensación del saldo negativo de los rendimientos de capital mobiliario de la base imponible con el saldo positivo de las ganancias y pérdidas patrimoniales obtenido en el mismo periodo, con el límite del 20% de dicho saldo positivo, en vez del 15% que era hasta ahora. Del mismo modo, se podrá hacer con el saldo negativo de las ganancias y pérdidas patrimoniales. La misma compensación y con el mismo límite conjunto se podrá efectuar con los saldos negativos de los rendimientos de capital mobiliario y de las ganancias y pérdidas patrimoniales de la base imponible del ahorro de los ejercicios 2015 y 2016 pendientes de compensar a 1 de enero del 2017.

 

  • Se mantiene el tratamiento fiscal previsto para las devoluciones derivadas de acuerdos celebrados con entidades financieras, en efectivo o a través de otras medidas de compensación, junto con sus correspondientes intereses indemnizatorios, de las cantidades previamente satisfechas a estas últimas en concepto de intereses por la aplicación de cláusulas suelo en las hipotecas. 

 

  • Bonos de fidelización de Banco Santander: a cambio de la renuncia al ejercicio de acciones legales por parte de los ex accionistas y de los titulares de deuda subordinada de Banco Popular, Banco Santander les ofreció bonos de fidelización diseñados para compensarles por la amortización de sus títulos, que están sujetos al Impuesto sobre la Renta, según Nota de Valores presentada en la CNMV. Por ejemplo, si tuviera acciones por valor de 3.000 euros y recibe bonos valorados en 2.500 euros, tiene una pérdida patrimonial de 3.000 y una ganancia patrimonial de 2.500, con lo que el saldo negativo, si no existen otras ganancias o pérdidas en el ejercicio es de 500, y puede compensarlo, con un máximo del 20% del saldo positivo de los rendimientos del capital mobiliario; lo que reste, en los cuatro ejercicios siguientes.

 

  • Cambio del mínimo familiar por descendientes a través de una modificación del reglamento del IRPF, asimilando esta ventaja a quienes tengan atribuida la guarda y custodia de menores por resolución judicial.

 

  • Gastos de estudio para la capacitación o reciclaje del personal: con efectos a partir de 1 de enero de 2017, se amplían los supuestos en que no tendrán la consideración de retribuciones en especie de los estudios dispuestos por instituciones, empresas o empleadores y financiados directa o indirectamente para la actualización, capacitación o reciclaje de su personal.

 

Aquí presentamos la siguiente infografía para no perder detalle:

 

ExplicaciónRenta2017.PNG

Fuente: Agencia Tributaria. *El gravamen autonómico varía según cada Comunidad.

 

¿Qué fechas hay que tener en cuenta?

 

  • 4 de abril:  día a partir del que se puede presentar la declaración de renta, pedir cita previa o llamar para pedir que se la confeccionen. También puede recurrir ya directamente a Renta Web y elaborarla en tiempo real.
  • 8 de mayo: día a partir del que podrá pedir cita previa para que le hagan la declaración de forma presencial en oficinas de la Agencia Tributaria y a partir del 10 de mayo le darán cita.
  • 27 de junio: último día para las declaraciones que resulten a pagar y quieran domiciliar el ingreso.
  • 29 de junio: último día para solicitar cita previa. 
  • 2 de julio: último día de campaña, en el que se pueden presentar las declaraciones de la renta y de patrimonio.

 

Desde Movistar te facilitamos la descarga de tus facturas, tanto fijas como móviles, por si las necesitaras para este trámite en los siguientes enlaces:

Descarga de facturas de fijo

Descarga de facturas de móvil

 

Descarga GRATIS la app de "Agencia Tributaria"

 

 App Agencia Tributaria Movistar.jpg

 iOS

Android

Esperamos os haya sido de utilidad este post y os animamos a compartirlo.

 

Hasta pronto,

Cristina.