Buenas tardes: Les escribo desesperada porque no encuentro un solo lugar donde poder recibir una respuesta satisfactoria a mi problema y ademas como esto lo lee toda la comunidad, si hay algun abogado por ahi quiza tambien pueda echar una mano. Me he dado de de baja de su compañia porque solicite un documento con una reclamacion que interpuse en el que figurase el numero de referencia y el contenido de la misma y se negaron a enviarmelo. Me he informado y segun el REAL DECRETO 424/2005 TITULO VI PUNTO 104.1 EN EL TERCER PARRAFO dicen que la operadora está obligada a informar de la existencia y posibilidad de recepcion de dicho documento si la atencion al cliente se produce de forma telefonica, es decir, uno de sus modos de contacto. Se niegan en todas partes a asumir este Decreto, interponen las clausulas de movistar a el , teniendo en cuenta que en sus condiciones de servicio de prestacion a moviles tambien aparece reflejado en la seccion reclamaciones e inclusos los abogados de su gabinete de cobro de deudas me mintieron al decirme que tal ley no existe. Me siento [¿#":(@!!!!BRRR]. No poseo documentos para presentar porque os habeis negado a enviarme mis reclamaciones, en ningun momento me he negado a pagar la factura, tan solo no estoy de acuerdo con la penalizacion interpuesta, ya que cuando una de las dos partes incumple el contrato o prestacion de servicios, la otra esta totalmente abierta a poder dar de baja el servicio sin ningun tipo de penalizacion por ninguna parte. Me han dicho que lo van a meter en el juzgado de primera instancia de la coruña sin requerimiento de pago de forma certificada. Me gustaria llegar a un acuerdo con ustedes antes de tener que pasar por la pesadilla de tener que estar papeles aqui y alla cuando hay un real decreto de por medio que certifica que no estaba equivocada ni hay laguna legal. solicito respuesta publica a ser posible que pueda ser leida por otros usuarios.
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