Buenos dias, Acabo de recibir la resolucion a mi reclamacion numero 201403069708001. En ella se me deniega lo reclamado, basicamente argumentando que como ha transcurrido mucho tiempo entre la aplicacion de las cuotas del servicio impugnado y mi reclamacion, se entiende que existio el alta del servicio y, por tanto, que acepte los cargos y condiciones correspondientes. Es una argumentacion absurda y carente de sentido alguno. El hecho de que haya pasado un determinado periodo de tiempo entre mi reclamacion y el inicio de los cargos por un servicio que yo JAMAS di de alta, no puede ser base para probar que efectivamente me di de alta en el servicio. Yo nunca contrate el servicio de mantenimiento avanzado ADSL y, por tanto nunca se me debio cobrar por ello. Que se hiciera es una negligencia grave por parte de Movistar y como tal debe ser corregida independientemente de cualquier otro tipo de consideracion. Entiendo que segun el articulo 53.4 de la ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones tengo derecho a que se me entregue por escrito u otro soporte duradero (en caso de contratos verbales) el contrato celebrado. Por tanto, les pido que, por favor, me envien el contrato referente al servicio de mantenimiento avanzado de ADSL que segun ustedes celebre con Movistar. El contrato a enviar, obviamente, ha de ser el que se celebro entre las dos partes (Mi persona y Movistar) y, por tanto, debe constituir prueba de su existencia, asi como demostrar que efectivamente hubo celebracion del contrato entre las partes y consentimiento por mi parte. Asimismo, agradeceria me indicasen como proceder a continuar la reclamacion ante el servicio de defensa del cliente de Telefonica. Muchas gracias por la ayuda por adelantado. Un saludo.
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