Leo las condiciones y mas robado me siento, en ningun lado pone que para dar de baja una linea suspendida tenga que rehabilitarse primero. Interrupción de nitiva del servicio: El presente contrato se extinguirá, con la consiguiente interrupción de nitiva del servicio, por las causas generales admitidas en Derecho y, especialmente, por las siguientes: a) Por decisión del cliente, comunicada a Movistar, con una antelación mínima de dos días respecto a la fecha de la extinción. El cliente podrá ejercer su derecho a poner n al contrato en la misma forma en que lo celebró. b) Por grave incumplimiento de las obligaciones derivadas del presente contrato, así como por una utilización del servicio contraria a la buena fe o a las prácticas comúnmente aceptadas como de correcta utilización en los servicios de telefonía móvil. c) Por retraso en el pago del servicio por un periodo superior a tres meses o la suspensión temporal, en dos ocasiones, del contrato por demora en el pago. d) Por uso ilícito o indebido del servicio que conlleve la utilización de la condición de cliente para llevar a cabo una actividad empresarial, profesional o económica cuyo objeto sea la cesión o reventa del servicio Movistar y/o el reencaminamiento de llamadas o de trá co hacia terceros. Me parece increible que se me aporten datos que me dan la razon, y se me deniegue la devolución, considero que os estais riendo de mi
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