Buenas tardes: Tenía un contrato con ustedes desde hace varios años y me he dado de baja porque me he ido a otra compañía. Resulta que me ha llegado la factura y me cobran la CUOTA ÍNTEGRA MENSUAL. La portabilidad se realizó el 7 de Mayo de 2015 y mi facturación comprende el periodo de 17 a 18 de cada mes, es decir en este caso, la facturación corresponde al periodo 18 de Abril al 17 de Mayo y por tanto, se me han cobrado 10 días que NO HE TENIDO SUS SERVICIOS y mi línea de móvil ya no les pertenecía. Soy conocedora (Ahora, que me han informado desde consumo) que a partir de Diciembre de 2014, cambiaron las condiciones particulares y quien se desvincule totalmente de MOVISTAR no tendrá opción a que se le cargue únicamente el importe correspondiente si no, que se le cobrará la cuota íntegra. Hasta ahí todo fenomenal PERO mi contrato es de hace bastantes años por tanto, no le afecta para nada en absoluto según indicaciones en consumo y mucho menos, cuando las condiciones han cambiado sin informar y sin previo aviso. Pues a mí de cinco meses para acá nadie me ha avisado de ningún cambio en ninguna de las condiciones de mi contrato, ni de hace cinco meses ni de hace veinte por tanto, solicito muy amablemente que no se cargue el importe en mi cuenta de esta factura si no que se anule, y se haga otra en la que se cobre la parte proporcional, es decir, los servicios que he utilizado. ¿Las llamadas? Fenomenal, ¿La cuota de línea? Estupendo, pero del 18 de Abril al 7 de Mayo que es cuando se ha formalizado la portabilidad con la empresa que actualmente me presta sus servicios. De no ser así, además de dar orden al banco de la devolución del recibo, pondré la reclamación pertinente en la OMIC y además tomaré las medidas que se consideren oportunas desde la oficina de atención al usuario de telecomunicaciones. PD: No voy a reflejar mis datos personales en un mensaje público y no me da opción de mandar privado a ningún moderador por lo que ruego que se pongan de manera inmediata en contacto conmigo para darme una solución YA.
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