Hola, yo abrí este hilo y como no me gusto la respuesta recibida, escale el temas al defensor del cliente. La respuesta la recibí hace tiempo y como viene a decir lo mismo de siempre, deje de molestarme por el tema, aunque sigo pensando que es un atraco sin mas. Pero ahí os dejo la respuesta recibida del defensor del cliente o eso dice el que es: Nos ponemos en contacto con Vds. para informarles de la situación de la reclamación efectuada a este Servicio de Defensa del Cliente (SDC) en fecha 30/08/2023, sobre el cese de canales de TV. El servicio Movistar que tiene contratado se rige por las Condiciones Particulares de Movistar Fusión, el cual consiste en un paquete de servicios que incluye una línea telefónica fija con banda ancha, una línea móvil de contrato y servicios de televisión. En este sentido, tal como se estipula en la cláusula 2 de dichas condiciones, el servicio concreto de televisión incluido en este paquete se rige por las Condiciones Generales del Servicio Movistar Plus+. El servicio de televisión consiste en el acceso a un número determinado de canales nacionales, locales, temáticos, contenidos bajo demanda o el disfrute de determinados paquetes adicionales, que se podrán contratar aparte, abonando una determinada cuota mensual. No obstante, y tal como se indica en la cláusula 2.1, los canales no son fijos y su disfrute dependerá de los acuerdos comerciales que alcance Movistar con sus proveedores de contenido. Por tanto, y tal como se estipula en la cláusula 2.1 de las Condiciones del Servicio de Televisión (Condiciones Generales del Servicio Movistar Plus+), que el cliente ha suscrito expresamente mediante la aceptación del contrato: “Movistar podrá modificar la parrilla de canales y sus contenidos, pudiendo variar su número y composición, bien en función de los compromisos contractuales que mantenga con los proveedores de tales canales y contenidos, bien debido a las modificaciones que estos realizaran en ellos. El Cliente tendrá en todo caso información actualizada de la parrilla de canales disponible en cada momento en la información publicada en la web de cada modalidad de servicio”. A este respecto y si bien el contrato ya estipula que los canales o contenidos pueden modificarse, hasta el día 31 de mayo de 2023 el cliente fue debidamente informado, a través de distintos carteles informativos insertados en los canales de referencia, de que éstos se retiraban de la parrilla general, pudiendo el titular contratarlos aparte, si lo desea. Por tanto, el cliente fue debidamente informado a través de la televisión, de la desaparición de los canales que ahora reclama, siendo la televisión un medio válido de soporte de notificaciones, tal y como se señala en la cláusula 16 de las Condiciones Generales del Servicio Movistar Plus+, en las que se indica de forma expresa: “Por otro lado, las notificaciones, modificaciones y comunicaciones por parte de MOVISTAR al CLIENTE se realizarán de alguna de las siguientes formas: (a) Envío por correo postal al domicilio designado por EL CLIENTE a tal efecto en el momento de la contratación. En defecto de designación o comunicación de la modificación del domicilio inicialmente designado, se entenderá, a todos los efectos, que el domicilio del CLIENTE es el lugar en donde se realiza la prestación del servicio, y en caso de ser estos varios, cualquiera de ellos. (b) Envío por correo electrónico, siempre que ello sea posible, a cualquiera de las direcciones de correo electrónico que el CLIENTE facilite a MOVISTAR a dichos efectos. (c) Comunicación por medio de una llamada telefónica o SMS si procede, bien al número de teléfono a través del cual se presta el SERVICIO al CLIENTE, o bien al número de teléfono indicado por el CLIENTE en el Formulario de Solicitud de Alta en el SERVICIO, o modificado posteriormente por el CLIENTE conforme a esta Condición. (d) Comunicación por medio del área privada “Mi Movistar” del cliente, a la que podrá acceder a través de la web www.movistar.es o la aplicación “Mi Movistar”, o las denominaciones que sustituyan a éstas. (e) Por avisos e informaciones en las pantallas informativas de MOVISTAR +. (f) Mediante publicación en sus páginas Web, cuando dicha información sea de carácter general para todos los CLIENTES.” Por último, es preciso aclarar que, a fecha de este escrito, no es posible ni técnica, ni comercialmente, insertar los canales en la parrilla general, estando solamente disponibles como paquetes de televisión adicionales, conforme a los compromisos contractuales que Movistar tiene con el propietario de dichos canales, tal y como al respecto fue debidamente informado el reclamante. En base a estos puntos, sentimos comunicarles que no podemos resolver de manera favorable a sus intereses. Lamentamos no haberles podido ser de mayor utilidad en esta ocasión, asimismo, les informamos de que la interposición de una reclamación ante el Servicio de Defensa del Cliente no interrumpe el cómputo de los plazos legalmente establecidos para la interposición de los recursos previstos por la legislación vigente. En nombre de Telefónica queremos pedirles disculpas por los hechos acontecidos. Así que ya sabéis, harán lo que quieran, cuando quieran y de la forma que quieran y si queréis ir a un tribunal, espero que tengáis mas suerte que con el famoso "para siempre" que luego fue que no y aquí no paso nada por que "para siempre" no significa lo que todos entendemos, si no lo que ellos quieren entender y los tribunales les dieron la razón. En fin, es lo que hay. Un saludo Por mi este te
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