El Real Decreto 899/2009,de 22 de mayo,por el que se aprueba la carta de derechos del usuario/a de los servicios de comunicaciones electrónicas,reconocen una serie de derechos: El contrato se extinguirá por las causas generales de extinción de los contratosy,especialmente,POR VOLUNTAD DEL ABONADO,comunicándolo previamente al operador(telefónica movistar)con una antelación mínima de dos días hábiles al momento en que se ha de surtir efectos. El operador(telefónica movistar,en este caso)Se ABSTENDRÁ DE COBRAR O FACTURAR cualquier cantidad que se haya podido devengar ,por causa no imputable al usuario final,con posterioridad al plazo De DOS DÍAS (48 HORAS)en eque debió surtir efectos la baja.
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