Buenas tardes: Soy nuevo en la Comunidad y me ha traído aquí el tema que estáis tratando sobre la identificación de llamadas. He hecho una reclamación, recientemente sobre el tema, a la que me han contestado sin responderme, indicándome las tarifas de precios de los servicios de Movistar, pero sin darme explicación alguna de por qué no aceptan mi reclamación, ya que creo, al igual que la agente que me atendió, que cumplo todos los requisitos que habéis indicado. Sobre el tema de exclusiones, me gustaría saber qué significa cuando decís "paquete de Servicios Básicos", porque creo que, en mi caso, nunca tuve eso. Lo que venía en mi factura era, únicamente, la línea individual (desde el 1/02/1989) y la identificación de llamadas, desde el principio (gratis y después de pago) hasta el 18 de Febrero de 2017, posterior a la sentencia, que hicimos un cambio de nombre de la línea a mi nombre desde el de mi mujer, para poder contratar Fusion Contigo (teníamos Servicio de ADSL+Llamadas de Orange, a mi nombre, sobre la línea de Movistar, a nombre de mi mujer, desde hacía 10 años, y era un requisito previo para contratar Fusion). Los cambios, como véis, son posteriores a la Sentencia, no anteriores.... Edito: Como no lo he visto por la Comunidad, inserto el enlace a la Sentencia 47/2017 del Tribunal Supremo que da validez al fallo de la Sentencia del Tribunal de Cantabria de 2014, sobre el que también adjunto enlaces para descargar el documento en PDF. Sentencia Tribunal Supremo 47/2017 Sentencia AP. Condena Telefónica identificación. 14.03.21.pdf Audiencia condena Telefónica por identificación. 14.03.21.pdf
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