Recibes un sms de Movistar comunicando que te han suscrito al servicio X, que ni sabías de su existencia. Pierdes un tiempo para darte de baja de esos "servicios" lo antes posible (que nunca te habías dado de alta), pero te cobran igual la primera cuota. Escribes una reclamación y te contestan que reclames al "proveedor" (aquel ente de cuya existencia no tenías noticia) Coger dinero de una cuenta para un fin no consentido EXPRESAMENTE por el dueño no es cobrar, es ROBAR. Sin voluntad libremente expresada, el consentimiento del contrato queda viciado y este deviene, por tanto en ineficaz, conforme al Código Civil. El Tribunal Supremo establece, en su Sentencia de 30 de mayo de 1996, que “… la oferta y la aceptación, como requisitos indispensables para la aceptación del contrato, han de contener todos los elementos necesarios para la existencia del mismo y coincidir exactamente en sus términos, debiendo constar la voluntad de quedar obligados los contratantes, tanto por la oferta propuesta, como por la aceptación correlativa a la misma…”.
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