Hola de nuevo @PilarBV-Movistar . Gracias por el intento, de verdad. Esta semana mismo enviaré un escrito a defensa al cliente aunque sólo sea para dar por saco y no vayan a devolverme nada. A @nachetrix , he encontrado en el foro un escrito para enviar a defensa al cliente por si te interesa, sólo cambiale los datos en función de tu situación concreta y lo envías por correo certificado o burofax a: SERVICIO DE DEFENSA DEL CLIENTE – TELEFÓNICA, S.A. Gran Vía, 28 28013 Madrid En ............; a ................de 2014
Por la presente, D/Dª. .............................., mayor de edad, dotado de DNI ..........................., del que acompaña fotocopia, y con domicilio en ................................................, Código postal .................., de ................, provincia de.................., comparece ante la mercantil Telefónica de España, S.A.U., con CIF A82018474 y domicilio social en C/ Gran Vía nº 28, 28013 Madrid (operando bajo la denominación comercial de “movistar”) y como mejor convenga en derecho
EXPONE
1.- Que con fecha ....................................... de 2014 recibe en su factura de referencia ..................................................un cargo de 31,46 euros en concepto de “incumplimiento de condiciones de devolución”
2.- Que tras recibir dicha factura con el cargo de referencia se informó a través del servicio de atención al cliente de Movistar de los motivos por los que la compañía le facturó dichos cargos, resultando ser el motivo alegado la no devolución de un equipo, en concreto el roter,31,46 contemplado en las cláusula 7.2 de prestación del servicio de alquiler del citado equipo
3.- Que en ningún momento fue informado ni antes de contratar los servicios con la mercantil de referencia, ni al proceder a la baja en los servicios contratados, de que debía devolver los equipos, ni del régimen en el que Movistar le había cedido dichos equipos.
4.- Que el cobro del importe citado, por el concepto citado, vulnera el derecho reconocido en el artículo 12.1 del real decreto 899/2009 que regula la “carta de derechos del usuario de los servicios de comunicaciones electrónicas”, según el cual los usuarios tienen derecho a recibir “información veraz, eficaz, suficiente y transparente sobre las características del contrato, en particular sobre sus condiciones jurídicas y económicas y de los servicios objeto del mismo”, dado que en ningún momento se informó a D/Dª ..................................................del régimen de cesión de los aparatos, de la obligación de devolver los equipos de referencia, del modo de realizar la devolución, ni siquiera se le informó de donde podría encontrar las condiciones legales y de contratación de sus servicios y, en particular, de las condiciones del alquiler de los equipos.
5.- Dicha vulneración del derecho a la información podría ser constitutivo de una infracción grave a la ley 32/2003 ( ley general de telecomunicaciones ), concretamente en el artículo 54.o), pudiendo ser sancionada dicha infracción grave con un importe de hasta 500.000 €, según dispone el artículo 56.1.c) de la citada ley.
6.- Que desea interponer reclamación ante la mercantil citada anteriormente, como paso previo a la posible reclamación ante la secretaría de estado de telecomunicaciones y para la sociedad de la información (SETSI), tal como dispone (como paso previo preceptivo) el artículo 4.1 de la orden del ministerio de industria ITC 1030/2007
Y en virtud de lo antedicho, D/Dª........................................, mediante el presente escrito
SOLICITA
1.- Que sea atendida la presente reclamación de forma favorable a las pretensiones de D/Dª. ...................................................., siéndole devuelto el importe cobrado por el concepto de referencia
2.- Que la presente reclamación se resuelva en el plazo máximo de un mes a contar desde la fecha de su recepción, entendiendo D/Dª ..................................que queda facultado para interponer reclamación ante la secretaría de estado para las telecomunicaciones y la sociedad de la información (SETSI) en el caso de que no se haya resuelto expresamente la reclamación en dicho plazo o la resolución no sea satisfactoria para sus intereses, según regula el artículo 4.1 de la orden del ministerio de industria ITC 1030/2007.
Atentamente:
D/Dª ....................................... También hay un formulario on-line pero requiere lector de DNI-e. Saludos y suerte.
... Mostrar más