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Convendría no sacar frases del contexto o añadir parrafos completos para evitar posibles malinterpretaciones.
Con esta sentencia, la Audiencia y el Tribunal Supremo coinciden al considerar que las multas deben estar ligadas a la dimensión y las características del mercado, la cuota de mercado de la empresa infractora, el alcance, la duración de la infracción, los efectos, los benefcios ilícitos y las circunstancias agravanties o atenuantes. Todos las empresas podrán recurrir las sanciones por ser nulas de pleno derecho.
Además, y esto es lo más grave, la sentencia no apunta a posibles errores en "coordinar" los colores de las cortinas con la decoración de los despachos, lo que indica es un fallo muy importante de metodología de la propia CNMC y parte fundamental de su labor de control y supervisión:
El Supremo obliga a revisar todas las multas de la CNMC desde 2009 (Fuente: El Economista)
Sí, sí, que recurran, que recurran. Ya he dicho que genial por el supremo.
Lo que ha declarado ilegal el Tribunal Supremo es el método de cálculo de las multas. Hasta ahora la CNMC calculaba la multa con el límite del 10% de la facturación en el mercado en el que la empresa tenía posición de dominio. El Tribunal Supremo ha establecido que ese 10% deber ser sobre 10% del total de facturación TOTAL de la empresa.
¡¡Ale, ale, que recurran todas las empresas condenadas!!.
Y que se pongan a temblar el resto de empresas con posición de dominio (en quien podemos estar pensando) en un mercado, o las empresas que hagan actuaciones de restricción de la competencia.
Explicación detalladita de la sentencia en:
https://es-la.facebook.com/hartos.org/posts/858803807515207:0
- Arvisan05-03-2015Yo probé el VDSL
Las multas impuestas hasta la fecha por la CNMC han sido siempre ridículas y patéticas. Nunca conforme a justicia. Yo también espero que dicho organismo empiece a ejercer como tal y a luchar por un trato equitativo a favor de los clientes finales, o sea nosotros. Me parece bien que los jueces luchen a favor del gran consumidor, pero es de pena que no lo haga quienes deben hacerlo. Por otro lado, mi postura acerca de la compra de Canal+ por parte de Movistar es firme: no puede desencadenar en un monopolio o pseudomonopolio. Si tenemos en cuenta que sólo hay dos plataformas fuertes actuales de TV de pago en España, Canal+ y Movistar TV, y quizás en cierta forma GolT, pero ellos más bien para el fútbol, la compra de Canal+ bajo ningún concepto puede devenir una única empresa fuerte gestionando los contenidos, derechos, etc de la televisión de pago en nuestro país. Si eso es así, la CNMC no debe aprobar dicha adquisición. En caso de compra y autorización efectiva y positiva, las condiciones deben ser severas porque entonces nos quedamos literalmente sin una competencia eficaz. Igual que tampoco estoy a favor de la compra de ONO por parte de Vodafone o Jazztel por Orange, respectivamente. Es muy negativo que, a nivel nacional, sólo queden 3 compañías que suelen pactar precios, productos y servicios globales y particulares. Así pues, ¿compra de Canal+? Sí, pero con severas condiciones. Que a Movistar no les gusta, mejor. A ver si se dedica a otros objetivos como abaratar y aumentar sus ofertas y servicios y se le pasa el "mono" de televisión.
Pd.- Sigo pensando que en cuanto al tema de compartir su red de fibra, aquí Movistar tiene razón y debe luchar a favor de sus clientes, no en contra.