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Si se finaliza anticipadamente un servicio que se ha obtenido mediante apoyo económico y con compromiso de mantenerlo durante un tiempo concreto, se pierden los derechos adquiridos y se factura por tanto, la parte proporcional del apoyo económico recibido en la medida que éste no haya sido respetado. No se penaliza al cliente por darse de baja.
Existe la posibilidad de contratar el mismo servicio sin recibir apoyo económico, y sin compromiso de mantenimiento del mismo durante un tiempo determinado.
- sintfron25-10-2011Entre al s.XXI con GPRS
El Real Decreto Ley 1/2007 dice que la penalizacion que el usuario debe pagar debe ser proporcional al apoyo economico siempre y cuando no se utilice para el enriquecimiento ilicito de la compañia, en cuyo caso el contrato es nulo.
En vuestros moviles estais poniendo penalizaciones por bloques de 6 meses y es ILEGAL porque no prorrateais por dias y una persona que lleva 5 meses y 29 dias, tiene que pagar lo mismo que una persona que lleva 1 dia, lo que lleva al enriquecimiento ilicito por parte de Movistar.
El cliente en este caso puede rescindir el contrato sin ninguna permanencia por ley. A ver cuando os enterais que los prorrateos se hacen por DIAS no por meses.
- Rafa-Movistar25-10-2011Antiguo Moderador
En las Condiciones Generales de prestación del servicio Movistar existe un apartado con las condiciones particulares donde se informa de las permanencias y de su aplicación pero no se especifica el sistema del cálculo del prorrateo:
El cliente podrá darse de baja en el servicio móviles Movistar en todo momento o cambiar a un plan de precios que implique un menor compromiso de consumo, si bien en estos supuestos, deberá abonar a Movistar una cantidad proporcional al apoyo económico recibido y al número de meses que ha respetado su compromiso de permanencia.
No se aprecia en dichas condiciones ninguna cláusula abusiva. Movistar aplica un sistema del cálculo del prorrateo similar al del resto de la competencia.
- sintfron25-10-2011Entre al s.XXI con GPRS
Rafa-Movistar escribió:En las Condiciones Generales de prestación del servicio Movistar existe un apartado con las condiciones particulares donde se informa de las permanencias y de su aplicación pero no se especifica el sistema del cálculo del prorrateo:
El cliente podrá darse de baja en el servicio móviles Movistar en todo momento o cambiar a un plan de precios que implique un menor compromiso de consumo, si bien en estos supuestos, deberá abonar a Movistar una cantidad proporcional al apoyo económico recibido y al número de meses que ha respetado su compromiso de permanencia.
No se aprecia en dichas condiciones ninguna cláusula abusiva. Movistar aplica un sistema del cálculo del prorrateo similar al del resto de la competencia.
Lo es, te lo digo porque he ganado y me habeis tenido que dar de baja la linea. Que lo apliquen el resto de compañias no significa que sea legal.
Por encima del contrato, como le dije a tu compañero de bajas, existe la legislacion Española vigente. Puedes poner todo lo que te de la gana en el contrato, que sino cumple la legislacion vigente es ILEGAL.
¿Por que antes de Marzo prorrateabais por meses los contratos? :D. A veces sois muy listos pero los consumidores nos hartamos y somos igual de listos.