Hola, @fresu70:
Lo que prescribe a los 3 años es la acción para pedir el cumplimiento de la obligación o deuda.
Me explico.
Si tu me debes a mí un dinero, si yo no hago nada para cobrártelo y pasan 3 años y un día, entonces ya si que no puedo cobrarte lo que me debes.
Pero si yo te pido que me pagues a los 6 meses, tú te haces el loco o dejaste de vivir donde vivías y por eso no te enteraste de que te pedí el dinero, eso no hace que prescriba a los 3 años. En todo caso, si no vuelvo a pedirte que me pagues en otros 3 años, la acción para pedirte el dinero prescribiría en este caso desde la última vez que te lo pedí, en este caso 3 años, 6 meses y un día.
No confundas a la gente, pues con tu actitud puedes meter en un buen lío al compañero de foro.
La acción de movistar para pedirle el dinero ( por si o por terceros autorizados ) caduca a los 3 años, siempre y cuando no haya hecho nada por cobrarla en ese periodo de 3 años. Si hizo algo por cobrarla, el periodo se entendería que empieza a contar desde la última vez que intentó cobrarla.
Por otra parte, si miras el código civil, artículo 1162, que dice que la deuda se pagará al acreedro o a aquel que estuviera autorizado por el acreedor a cobrarla en su nombre. Un ejemplo de esto es cuando se venden los derechos de cobro de la deuda, en cuyo caso debes pagar al nuevo propietario de la deuda, o las empresas de recobros, en las que la empresa acreedora autoriza a otra a cobrar la deuda en su nombre
Por otra parte decirte que en ASNEF y en BADEXCUG siempre te avisan si te menten en el fichero, otra ocsa es si te fuiste a vivir a otro sitio y no lo comunicaste a la compañía. En ese caso, mandarán las comunicaciones al último domicilio conocido, que será el que figure en el contrato.
Aconsejand lo que aconsejas en tu mensaje no le estás haciendo ningún favor al compaero de foro. Es posible que le estés haciendo bastante mal.
Ojo, que si nunca le han reclamado la deuda y pasaron más de 3 años, estaría prescrita, pero solo si no se la reclamaron antes, mucho ojo con eso. Si se la reclamaron, aún cuando hayan pasado los 3 años, no está prescrita
Sl2