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vieira
27-10-2025Yo probé el VDSL
Increíble. Otro mes más y esto sigue sin funcionar.
Me acuerdo ahora de cómo protegen en otros países europeos los derechos de los ciudadanos/usuario de servicios de internet, a través de la correspondiente transposición de las norma europeas:
Directivas y Reglamentos Clave
- La Directiva (UE) 2018/1972 establece el marco legal para la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas, incluyendo la obligación de garantizar el acceso universal y asegurar la transparencia contractual para los consumidores en cuanto a las condiciones del servicio y los equipos empleados.
- El Reglamento (UE) 2015/2120 recoge derechos sobre acceso abierto y neutralidad de red, exigiendo a los proveedores transparencia respecto a las condiciones técnicas y comerciales del acceso a Internet. Sin embargo, la regulación concreta del punto físico de entrega (por ejemplo, roseta óptica, router o ONT dentro del domicilio) queda normalmente a cargo de la legislación nacional y los acuerdos de prestación de servicio.
Regulación actual en Alemania
- El punto de entrega generalmente se considera el primer punto físico en la vivienda donde el usuario puede acceder al servicio, habitualmente la roseta óptica o el primer terminal activo instalado por el operador.
- A nivel legal, la responsabilidad del ISP suele terminar en dicho punto de red; todo el cableado y dispositivos internos posteriores (como el router o la ONT) pasan a ser responsabilidad del usuario, salvo que el contrato indique lo contrario.
- La reforma de la TKG, vigente desde 2021, refuerza el derecho del usuario a exigir la calidad de servicio contratada desde dicho punto de entrega, y permite reclamaciones si la velocidad o parámetros de calidad no cumplen lo estipulado.
Aquí en nuestro país, como siempre, la transposición a la legislación es tan abstrusa que, como siempre, se puede interpretar de cualquier manera, para mayor regocijo de los ISP, a costa de los ciudadanos. Pero ya sabemos lo bien que funcionan las puertas giratorias.