Buena noticia? El fin de la tarificación especial de los 902
Hola a tod@s
Hace unos días subía a twitter chandre un enlace a este artículo:
El fin de la tarificación especial de los 902
Casi todos sino todos alguna vez hemos tenido que llamar a un número 902, más bien por obligación que por placer ya que suele ser por una cuestión de reclamación o duda con respecto a algún servicio que tenemos contratado.
Son los números que las empresas ponen para atención al cliente, pero que suponen un coste adicional ya que son números de tarificación especial, por lo que no entran dentro de las tarifas planas que podamos tener contratadas ya sea en el teléfono fijo o en el teléfono móvil.
Pero ahora esto ha cambiado, se ha producido una reforma de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, que lleva planteada desde el pasado año, pero que el 28 de marzo de 2014 se ha hecho una realidad al ser publicada la modificación de la ley en el Boletín Oficial del Estado.
¿Qué cambios obliga esta ley?
Eso de tener que llamar a 902 y llevarse el susto después en la factura se ha acabado, eso es lo que establece esta ley, ya que obliga a las empresas que disponen de estos números que tarifiquen estas llamadas como una llamada normal, es decir, el precio de una llamada local o provincial. Exactamente la ley dice que dicha llamada “no podrá suponer para el consumidor y usuario un coste superior a la tarifa básica” y “se entiende por tarifa básica el coste ordinario de la llamada que se trate”. El precio sigue sin entrar dentro de las tarifas de las operadoras, pero al menos sabremos qué es lo que pagaremos por cada vez que llamemos. Lo que la ley limita es que la empresa a la que llamemos se beneficie del importe adicional de la llamada como se venía haciendo.
Al fin se ha llevado a cabo la adopción de la directiva europea que marcaba que no se podía cobrar de más por un servicio de atención al cliente.
De todos modos hay que recordar que todas las empresas disponen de números de ámbito nacional (que si cubren las tarifas planas) asociados a esos números 902. Si bien es verdad que suelen estar muy ocultos, existen métodos para evitar los 902 y con los que obtener ese número con el que contactar con la compañía, huyendo así de los temidos 902.
Además no está de más saber que en el ámbito del sector eléctrico existe una ley que obliga a las empresas de luz y gas a tener un teléfono totalmente gratuito de atención al cliente. Del mismo modo, en Cataluña han puesto en funcionamiento un nuevo Código de Consumo por el que se da un plazo de seis meses para las grandes empresas y un plazo de un año para las pymes para que dispongan de un teléfono de atención al cliente que sea absolutamente gratuito. Quizá esta iniciativa debiera ser trasladada al resto de Comunidades Autónomas.
Sanción
Esta modificación de la ley supone la obligación por parte de las empresas a cumplir los nuevos artículos y las modificaciones, por lo que toda empresa que incumpla estas nuevas condiciones de la ley podrá (y debería) ser sancionado por “los órganos o entidades correspondientes de las Comunidades Autónomas y de las Corporaciones locales competentes en materia de defensa de los consumidores y usuarios”.
Esto es lo que la modificación de la ley establece y a lo que las empresas deben amoldarse. Se elimina la tarificación especial y además se obliga a los empresarios a disponer de una dirección postal, un número de fax, un correo electrónico y un número de teléfono al que dirigirse para solicitar información, gestionar reclamaciones o bien interponer quejas.
Fuente iAhorro