Editado 15-03-2018 12:33
La Ley General de la Discapacidad (LGD) exige a las empresas con más de 50 trabajadores la obligación de incorporar un porcentaje de empleados con discapacidad no inferior al 2%. Sin embargo, la filosofía de esta normativa no es la imposición, sino dar la oportunidad a las personas con discapacidad de tener una actividad en el mercado laboral ordinario.
Desde Telefónica se llevan a cabo numerosas iniciativas en este entorno, destacando:
Más allá del cumplimiento de la ley, hay otras ventajas para la empresa, destacando:
La Fundación Adecco tras más de 15 años integrando en el mercado laboral a personas con discapacidad ha constatado que la diversidad enriquece el capital humano en su conjunto, fortaleciendo el orgullo de pertenencia, al destacar que los miembros de la organización valoran la atención sobre el talento de las personas y no sobre otros aspectos más superficiales, mejorando además, el clima laboral.
Es un error limitar el talento a un perfil determinado, basado en estereotipos y creencias falsas, pues la selección de los empleados debe basarse en competencias y habilidades profesionales, junto con actitudes y valores, y nunca en etiquetas.
Las empresas deben centrarse en atraer a los mejores con independencia de aspectos extrínsecos al talento como la edad, el género, la discapacidad, la religión o el origen, entre otros. Por lo que la contratación de personas con discapacidad refuerza esta cultura corporativa abierta y competitiva en talento, sin prejuicios y abierta a la sociedad.
La contratación de personas con discapacidad constituye un elemento diferencial en las políticas de RSC de las empresas al contribuir a crear una sociedad más justa, más integradora y más igualitaria, hecho que refuerza su imagen y reconocimiento social, convirtiéndose en referencia para otras empresas.
Incorporar a personas con discapacidad en los equipos fortalece la identidad y tiene un retorno positivo para la empresa, aumentando su competitividad, pues genera una mayor conexión con su público potencial, al identificarse con la sociedad, sus valores y en definitiva, su diversidad.
En función del tipo de contratación (por tiempo completo, tiempo parcial ó contrato temporal) así como el grado de discapacidad se establecen diferentes tipologías de ventajas fiscales. Puedes ver más información de estas bonificaciones en este enlace.
Además, en el caso de que sea necesario, las empresas recibirán una subvención para la adaptación de los puestos de trabajo, como la eliminación de barreras o la dotación de medios de protección personal, pudiendo beneficiarse de una deducción de la cuota íntegra del Impuesto de Sociedades o bonificación de las cuotas de la Seguridad Social, en función del tipo de contrato y del grado de discapacidad, sexo y edad del trabajador.
Otras opciones de contratación serían:
Con todo ello, os animamos a la contratación de personas con discapacidad.
Muchas gracias por su lectura y hasta pronto,
Cristina.