caja en fachada sin permiso

georgina-gsr
Más integrado que la RDSI
caja en fachada sin permiso
Buenos dias,
Yo estoy igual, me han colocado una caja en la fachada, el tecnico que estaba llamo un responsable cuando nos quejemos con otro vecino de la calle, y vino un responsable con un consentimiento falso del vecino que tiene 80 años, y solo le cambiaron la caja de sitio pero el cableado se lo dejaron. Y a mi me han puesto la caja en la fachada sin permiso aprovechando que salí, y llevo casi 4 meses detras para que me la quiten y por telefono se pasan la pelota de uno a otro con la excusa que no me pueden atender porque no soy cliente, y me facilitan numeros que no contesta nadie. Ya no se como solucionarlo. He denunciado al juzgado a ver si asi lo arreglo, pero si se pudiera arreglar antes con vosotros mejor.
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zobex
Yo probé el VDSL

creo que ya no necesitan el persmiso, aunque movistar si pasa algun documento para autorizarlo ....

 

"Ya se ha hablado mucho por aquí de eso y para ello te remito a la Ley General de Telecomunicaciones de noviembre del año pasado, donde se dice que los operadores no necesitan ya permisos de la comunidad.

http://www.adslzone.net/article12584-las-operadoras-podran-desplegar-fibra-sin-permiso-de-las-comuni...

Y te amplío la información:

"El Real Decreto Ley 1/1998, sobre infraestructuras en los edificios para el acceso a los servicios de telecomunicación, ya habilitaba a las operadoras a instalar en todos los inmuebles las correspondientes redes.

http://noticias.pisos.com/blogs/administracion-fincas/2013/09/19/el-despliegue-de-las-redes-de-telec...

Donde dice textualmente:

"b) En el supuesto de que no existiese la infraestructura, no fuese hábil para la prestación del servicio al que desean acceder el copropietario o el arrendatario o no se instalase una nueva ni se adaptase la preexistente en el referido plazo de tres meses, el comunicante podrá realizar la obra que le permita la recepción de los servicios de telecomunicaciones correspondientes. Si cualquier otro copropietario o arrendatario solicitase, con posterioridad, beneficiarse de la instalación de las nuevas infraestructuras comunes o de la adaptación de las preexistentes que se llevasen a cabo al amparo de este artículo, se les podrá autorizar, siempre que cumplan lo previsto en el segundo inciso del artículo 4.2”.

Una obra que, por tanto, no necesita el permiso ni la autorización de la comunidad, por considerarse que prima el derecho a la información. Únicamente el propietario que así lo solicite deberá poner en conocimiento del presidente de la comunidad su intención de solicitar la introducción de la red de fibra óptica en el edificio, quien deberá contestarle en el plazo de 15 días.

Ahora, con este nuevo proyecto de Ley, el Gobierno quiere ir más allá. Adoptará medidas dirigidas a facilitar el despliegue de las redes fijas de telecomunicación en los edificios y garantizar el derecho de cualquier usuario a poder acceder a las redes ultrarrápidas. ¿Cómo lo hará? Permitirá que las operadoras utilicen los elementos comunes de los edificios residenciales para instalar dichos accesos. Suponemos que sin que medie siquiera una petición inicial del propietario interesado.

 

http://www.adslzone.net/postt358096.html

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georgina-gsr
Más integrado que la RDSI
Gracias por la información...pues me quedo de piedra porque mi fachada parece una torreta de luz con tanto cable y cajas, y me parece indignante que permitan hacer esto. Ahora tengo que hacer la fachada y ya me diras como lo hago con tanta cosa por medio...que asco de gobierno y de empresas de telecomunicaciones.
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Técnico.Global-Movistar
Moderador Global Técnico

Hola @georgina-gsr

 

Envianos por privado tus datos y domicilio completo, y lo pasamos al departamento correspondiente.

 

Saludos
 



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Técnico.Global-Movistar
Moderador Global Técnico

Hola @georgina-gsr,

 

 

Como bien indica @zobex , según la ley ya no es necesario pedir permiso a los propietarios de las viviendas para hacer el despliegue de cableado.

 

No obstante, lo hemos solicitado a planta externa, número de registro G1043767.

 

 

Salu2

 

 



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