Gracias por nada ya que al final las preguntas que debían contestar veo que son un poco peliagudas y prefieren no contestarlas y por si a alguien le interesa saberlo llaman de parte de Movistar acosando a mis padres 84 años, diciéndole que lo van a meter a juicio sabiendo de antemano por parte de mi madre que mi padre padece del corazón, vamos a tomar las medidas oportunas para demandar a este sujeto en particular y a Movistar en general ya que actua en nombre de ella y por si alguién debe algún recibo y hace más de tres años le dejo esto que me ha dado un amigo abogado y por si le puede servir de algo y si encima has pagado lo que debias conserva los recibos como oro en paño dentro de unos años te dirán que los debes aún y si no los tienes a mano.....: Durante cuanto tiempo pueden reclamarme mis deudas las compañías telefónicas? Al tratarse de una relación de prestación de servicios (en este caso de servicios de telecomunicaciones) celebrada por una empresa con un consumidor, debemos entender que el plazo es de 3 años atendiento a la disposición del artículo 1967 apartado 4 del Código Civil. Hay que tener en cuenta que el contrato de suministro de servicios, a pesar de ser atípico, debe ser reconocido como una compraventa por las analogías que presentan ambos contratos especialmente en cuanto a su finalidad traslativa (así por ejemplo la sentencia del Tribunal Supremo de 2 de diciembre de 1996) y por ello sujetos a la normativa que regula la prescripción de los productos adquiridos por consumidores finales. El plazo debe contarse desde la fecha de facturación que es el momento en el que el crédito se hace liquido y exigible al deudor y siempre teniendo en cuenta si existan actos posteriores que interrumpan la prescripción.
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