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Es que también, lo de cobrar de la noche a la mañana un suplemento de 0'58€ en factura sin preguntarles si estaban queriendo contratar ese servicio... menudas formas.
No obstante, personalmente opino, que aunque esta compañía siga yendo para atrás como los cangrejos en algunas cosas (y así lo demuestran las 100.000 líneas móviles que se van al mes a la competencia en los últimos años, y las miles de ADSL que también se van), ya no es la misma de esa época hasta 2010.
Con la llegada de Gilpérez a la presidencia de Telefónica de España, para mí, como simple usuario y con lo poco que sé, algo han mejorado, aunque sólo sea en intenciones :smileylol:
Saludos y gracias por la información miguelan :smileyhappy:
- manolito7424-03-2014Yo probé el VDSL
Hola Miguelam:
Sí, yo también vi esa noticia. Está muy bien, pero LLEGA TARDE (la sentencia digo)
Más que el dinero que le cobra de más al Usuario-Cliente lo que denota es la postura y política de Empresa tan "usurera" y lo poco que le importa a Movistar sus Usuarios-Clientes.
De esa sentencia destacaría lo siguiente (más que nada porque nos puede ser útil a la hora de reclamar según que abusos por parte de cualquier Empresa):
- El Operador “no ha acreditado ni aportado pruebas de que comunicase a sus clientes que el servicio de identificación de llamadas fuese gratuito de forma temporal pero que en el futuro podría tener un costo”.
- Según la Ley de Defensa de los Consumidores: “los Usuarios deben dar su consentimiento de forma inequívoca al servicio que contratan”.
- Así pues se ha cobrado la identificación de llamadas entrantes a los Usuarios de Fijo sin que hubieran solicitado el alta en este supuesto servicio, o lo que es lo mismo SE HA COBRADO POR UN SERVICIO NO CONTRATADO..
- Si un Servicio se da de forma gratuita sin que el cliente se oponga, “esto no supone la contratación expresa del bien”. (Movistar, según el tribunal, no ha probado que cada uno de sus clientes hayan contratado el servicio)
- En base a esta sentencia, el Operador tendrá que notificar a cada uno de sus clientes que deja de prestar el servicio de forma gratuita y que sean éstos quienes lo contraten de forma expresa pagando los citados 0,58 euros mensuales
- No se cumplió con los deberes de información previa del precio, incluidos todos los impuestos.
- La empresa viene cobrando la identificación de llamadas incluso a clientes que no disfrutan de esta prestación porque siguen pagando a la compañía el alquiler de sus antiguos teléfonos analógicos Forma, que carecen de pantalla donde visualizar las llamadas entrantes.
- El Real Decreto 424/2005, de 15 de abril, por el que se aprueba el Reglamento sobre las condiciones para la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas, el servicio universal y la protección de los usuarios, define la identificación de llamadas como una "facilidad" y no como un servicio. Además, en su artículo 75, el Real Decreto establece que "los abonados podrán, de manera gratuita, activar o desactivar" la visualización de las llamadas entrantes "una vez por cada período de seis meses".
- La norma continúa indicando que "para activaciones o desactivaciones más frecuentes, los operadores podrán establecer un precio, orientado a costes. Los operadores no podrán establecer cuotas periódicas o precios por otros conceptos distintos de este último en la prestación de la supresión automática de la identificación en destino de la línea de origen".Sin embargo con esta sentencia pasa lo de siempre:
- Lentitud de la Dirección General de Consumo en el procedimiento, que ha tardado tres años, y su insuficiente cuantía, en absoluto proporcional a la magnitud de las irregularidades cometidas por Movistar.
- Los 440.000 euros que suman las dos multas representan una cantidad inferior a la que Movistar ingresa en dos meses por cobrar esta tarifa a sus clientes de fijo en Andalucía.Saludetes. ;-)
- javy9730-03-2014Yo probé el VDSL
Y solicitar que devuelvan todo lo cobrado por este concepto, ¿imposible no? O denuncias