Hola@jmventes
Primero decirte que al no disponer de datos, te voy a pasar la definición del servicio suspensión temporal, y aclararte que para los servicios ADSL e Imagenio, es decir banda ancha, actualmente no se aplica. Ojo con esto, pues puedes realizar suspensión de línea de voz, pero la banda ancha sigue activa.
Las características de una suspensión temporal son las siguientes:
Este servicio permitirá al cliente la suspensión temporal del servicio
telefónico contratado durante un período de tiempo limitado, SIN CAUSAR BAJA EN
EL SERVICIO, debiendo pagar una cuota de conexión para la suspensión y otra para
la rehabilitación, además de una cuota mínima mensual, de manera que el cliente
se evita el pago completo del servicio en activo si no va a hacer uso de éste.
De modo que no será posible establecer ni recibir llamadas a través de su
línea mientras dure la suspensión.
Tras la rehabilitación, la línea se encontrará en iguales circunstancias
respecto a facilidades de tráfico y servicios que tuviere antes de la
suspensión
La cuota de suspensión y rehabilitación son 2,40 euros, y la cuota mensual será del 50% de lo que pagaba
Un Saludo
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