Podéis lamentarlo todo lo que queráis, que yo lo que quiero es una solución.
Vamos por partes:
En este enlace está el plan de numeración telefónica: https://drive.google.com/file/d/0B1dWV9Rv2cPQT2EtTjZIMzRzeEk/view
En la página 8 se indica que:
Los indicativos provinciales que comienzan por 8 también se pueden utilizar para prestar servicios
vocales nómadas (ver Resolución de 30 de junio de 2005). En la siguiente tabla se muestra la
segmentación vigente por servicios de cada indicativo con el formato 8XY:
En la página 9 se indica cláramente que los números 810 en Madrid (todos) son para servicios vocales nómadas.
En dicha resolución del 30 de junio de 2005 (http://www.minetur.gob.es/telecomunicaciones/es-ES/Servicios/Numeracion/Normativa/Normativa%20aplicable/Otras%20disposiciones/Resolu_300605.pdf) se indica lo siguiente:
Los servicios vocales nómadas prestados mediante ambos tipos de
numeración no tienen la consideración de servicio telefónico disponible
al público, si bien quedan sometidos a determinadas condiciones impues-
tas en virtud del uso de recursos públicos de numeración.
Entonces, por mucho que os lamentéis la habéis cagado asignando números de servicios vocales nómadas a particulares que no lo hemos solicitado.
Vuelvo a repetir ¿cuál es vuestra solución además de lamentarlo? ¿tengo que denunciarlo para que resolvais el problema que habéis generado?