Buenos días,
¿Osea lo que me estas intentando indicar es que tengo que pagar por adelantado una avería que tenéis identificada en vuestros sistemas con fecha de inicio y fecha de fin?
Yo lo que exijo es que se abra un expediente para ANTES de emitir la factura realizar el calculo correspondiente y que venga ya con los importes del servicio.
Segun la normativa actual:
La indemnización contemplada por contrato consiste en devolver la cantidad que sea mayor de las dos siguientes:
- el promedio de lo que se te ha cobrado en los últimos 3 meses por los servicios interrumpidos -> prorratear por el tiempo de interrupción
- el resultado de multiplicar por 5 la cuota mensual fija que se paga por los servicios interrumpidos -> prorratear por el tiempo de interrupción
La devolución es automática (sin necesidad de que el cliente reclame) sólo si el resultado supone al menos 1 euro.
Por lo tanto ya no debería ni estar intentando poner la reclamación pero como NUNCA hacéis la devolución automática aquí queda reflejada por escrito al igual que vuestra respuesta.
Espero vuestra respuesta.