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Buenos días Bea,
gracias por la confirmación, pero me gustaría me explicaras que significa "contenidos ajenos a Fusión". Si yo contrato la tarifa fusión sería para ver todos los canales que me ofrece dicha tarifa, especialmente futbol y tal vez música cuando no hay deporte. Dichos contenidos están cubiertos por la licencia de exhibición pública?
Si es así....como puedo justificar eso ante la SGAE? Es decir, hay algún documento que pueda presentar cuando vengan a mi bar preguntando porque no les pago?
Gracias,
Un saludo
Buenos días, jarosan!
Como Movistar es en este caso el distribuidor de contenidos y el pago a la SGAE debe hacerlo cada establecimiento a título propio como exhibidor de contenidos, adjunto enlace a la web de la SGAE, con información sobre las condiciones económicas en el caso de emisión de TV en locales públicos.
Saludos, Bea.