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Entonces si no se autoriza a que guardéis los datos, para qué los queréis...el cliente se persona en la oficina, ven que ha asistido PRESENCIALMENTE y ya está confirmado quién es el cliente.
Es más, la firma electrónica cualificada certifica la identidad de quien escribe. Eso está regulado por ley e incluso hace referencia a ello la propia AEPD. No se puede negar un cambio habiéndose identificado legalmente sin no haber entregado datos biométricos sin consentimiento del cliente. Ni las propias entidades bancarias pueden exigir datos biométricos "https://letslaw.es/datos-biometricos/"
Hola, bluedragon18
Lamentablemente, son los términos y condiciones que se han establecido para realizar cualquier modificación de datos personales, independientemente del canal de atención que se utilice. Teniendo como finalidad, reducir el fraude por suplantación de identidad, que, desafortunadamente, cada vez son más frecuentes. Entendemos que esto puede ocasionarte molestias, pero es una medida necesaria para proteger tu información y garantizar la seguridad de todos nuestros usuarios.
Saludos.
Laura.