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Ya entiendo tu respuesta a mi post Noelo
Pues sí.
Yo he sido víctima de este atraco a mano armada.
Las respuestas que te dieron no cumple con el artículo que publicaste:
Artículo 26. Servicio de atención al cliente de los operadores.
2. El servicio de atención al cliente del operador, de carácter gratuito, deberá prestarse de manera tal que el usuario final tenga constancia de las reclamaciones, quejas y, en general, de todas las gestiones con incidencia contractual que realice el abonado. A dichos efectos, el operador estará obligado a comunicar al abonado el número de referencia de las reclamaciones, quejas, peticiones o gestiones. El operador deberá admitir, en todo caso la vía telefónica para la presentación de reclamaciones.
Principalmente porque:
- Por ninguna vía el sistema de autoreclamaciones que ofrece el 1004 comunica al abonado los números de referencia de los casos expuestos.
- El sistema GRATUITO redirecciona más de la mitad de las veces al sistema pago.
- El sistema presenta tantos "fallos" que el usuario debe resolver sus problemas pagando por la llamada al 224430. Esto al menos en una buena cantidad de casos (como el mío).
- El operador no está admitiendo EN TODO CASO la vía telefónica para la presentación de reclamaciones.
Estáis violando la ley.
Y os parece bien.
Carita feliz y emoticon...