Foro
Hola Roc3
Efectivamente es correcto lo que te hemos comentado en el 1004, las lineas fusión que incluyen llamadas son a fijos y móviles no a nº especiales ni de tarificacion especial
Saludos Pilar
- Roc311-01-2019Más integrado que la RDSIPues menudos ratillas estáis hechos que categorizais un número VoIP, electrónico y gratuito cómo "número de tarificación especial" teniendo coste cero, y menuda púa. No voy a quitar la reclamación, y seguramente pues me marche a otra compañía si esto queda así, solo por principios, que cobréis por un número electrónico de coste cero... Vaya cara.
- dfont04-04-2020Más integrado que la RDSI
Buenas tardes,
A mi me ha ocurrido lo mismo, con el agravante de que he realizado 250 llamadas en un mes a números 51X... de mi propia empresa! Más de 150€ en llamadas de trabajo, que no deberían tener ningún coste y de los que, lógicamente, mi empresa no recibe ni un Euro. No he encontrado detallado en el portal de Movistar ningún aviso indicando que los 51X son considerados como numeración especial (sí lo hacen con los 80X / 90X), y sin embargo, mi reclamación ha sido desestimada bajo ese argumento. No me parece justo que debamos descubrir esos "detalles" en la factura y que Movistar no tenga la deferencia de considerar nuestra reclamación. Si no se resuelve (acabo de volver a reabrir el caso, aunque sin mucha fe, la verdad), me llevo todas las líneas (profesionales y personales) + Fusión a otro lado...
Supongo que este post sólo me sirve de desahogo, aunque la idea es que alguien más lo descubra por casualidad antes de que le ocurra a él.
Un saludo
- Comercial.Global_movistar05-04-2020Moderator
Hola dfont
Bienvenid@ a la Comunidad.
Si no estuvieras conforme con la resolución, puedes formular la pertinente reclamación a través de escrito postal remitido a:
SERVICIO DE DEFENSA DEL CLIENTE – TELEFÓNICA, S.A.
Gran Vía, 28
28013 Madrid
Incluyendo en el la siguiente información:
-Nombre, apellidos, domicilio y DNI.
-Identificación de la Empresa del Grupo Telefónica con relación a la cual se han producido los hechos objeto de la reclamación (en este caso Telefónica Móviles España S.A.U.).
-Descripción pormenorizada de los hechos que motivan la reclamación y petición que formulas.
-Documentación en la que fundamentes la correspondiente reclamación y la que se haya intercambiado entre tu persona y la Empresa relacionada con el incidente y la citada reclamación.
-Lugar, fecha y firma.
Este ente dictara una resolución motivada en un plazo no superior a dos meses, contados desde la fecha de envío (del pertinente acuse de recibo de la reclamación) hacia tu persona.
Por último, indicar que El Servicio de Defensa del Cliente comunicara oficialmente su resolución, enviándote un escrito a la dirección de contacto que facilites en tu carta, así como a la empresa del grupo afectada por la reclamación, para que ambas partes tengáis su conocimiento y ejecución.
Gracias por tus participaciones en la Comunidad y un saludo cordial.
Pilar