Insisto, aunque veo que es difícil que alguien conteste a esto:
1. Tras el periodo de 4 meses se supone que Movistar contacta con el cliente para que explique por qué tiene un consumo mayor en roaming. Si contacta para ello y se lo explicas ¿qué pasa? ¿De qué depende que Movistar estime entonces que es o no es abusivo?
2. El contrato de Roaming dice textualmente: Prueba de residencia en España: Movistar se reserva el derecho de solicitar a sus clientes itinerantes, en caso de que se indique en las presentes condiciones, pruebas que acrediten la residencia habitual del cliente en España u otros vínculos estables que impliquen una presencia frecuente y sustancial en el territorio nacional. Entiendo que Movistar podrá pedirte que justifiques la residencia en España. Si lo haces y explicas que estás de Erasmus, enviando el certificado correspondiente, ¿qué ocurre?
3º También dice ese contrato Movistar se reserva el derecho a aplicar, previa notificación, el recargo que, en su caso, se indique para el tráfico de datos en Roaming dentro de la Zona 1 o Zona UE que supere los volúmenes de datos que se puedan consumir en itinerancia de conformidad con los límites que, en su caso, se expresen en las condiciones particulares de la tarifa contratada por el cliente. Si mi contrato tiene 5 Gb ¿cual es el volumen de datos que Movistar supone excesivo en itinerancia?
Un saludo