Buenas ggmorote
El problema del puerto 25, igual que el puerto 53, es el potencial abuso que puede hacerse. Movistar no prohíbe su uso, pero lo limita en según que casos. Si estás en otra línea Movistar por lo general si funcionará, pero no desde fuera de ella. No se trata de limitar libertades, sino de evitar el abuso de SMTP, de lo contrario un usuario mal intencionado podría montar un servidor SMTP en su casa y usarlo para regar de SPAM a media internet, lo que provocaría que estos pusiesen en lista negra a Movistar. Entiendo que dentro de su propia red les da más igual porque si detectan el abuso pueden ir directamente contra el origen/destino o aplicar otro tipo de medidas, eso ya lo desconozco.
Sí se puede solicitar su uso sin problemas, al menos siempre ha sido así. Eso sí, te van a exigir por lo general que tengas una IP fija contratada. Entiendo que esto es debido a que en el peor de los casos sea únicamente tu línea la que quede marcada como SPAMMER. No sé si habrán cambiado las políticas, pero por si acaso acabo de hacer una prueba rápida y efectivamente no tengo ningún problema en conectarme de una conexión Movistar a otra al puerto 25 de otra línea, con lo que seguramente la cosa esté del mismo modo.
Por otro lado, respecto al reglamento de la UE, no se vulnera ningún derecho, te aconsejo leer bien la ley que citas, específicamente el artículo 3 la excepción b:
"Los proveedores de servicios de acceso a internet no tomarán medidas de gestión del tráfico que vayan más allá de las recogidas en el párrafo segundo y, en particular, no bloquearán, ralentizarán, alterarán, restringirán, interferirán, degradarán ni discriminarán entre contenidos, aplicaciones o servicios concretos o categorías específicas, excepto en caso necesario y únicamente durante el tiempo necesario para:
- a) cumplir los actos legislativos de la Unión o la legislación nacional acorde con la de la Unión, a la que el proveedor de servicio de acceso a internet esté sujeto, o las medidas que cumplan dicho Derecho de la Unión para hacer efectivos actos legislativos de la Unión o de la legislación nacional, incluidas las sentencias de tribunales o autoridades públicas investidas con los poderes pertinentes;
- b) preservar la integridad y la seguridad de la red, los servicios prestados a través de ella y los equipos terminales de los usuarios finales;
- c) evitar la inminente congestión de la red y mitigar los efectos de congestiones de la red excepcionales"
Evitan el abuso, pero por lo general siempre han permitido su desbloqueo una vez "garantizado" el uso adecuado de ello, lo que implica pues como digo, al menos en otras ocasiones, IP fija o el registro DNS inverso. Es práctica habitual en los ISP de todos modos.
Saludos.