ContribucionesMás RecienteMás Me GustaSolucionesRe: Contratación de Fibra y posibilidad de desistimiento Gracias por tu interés María, te agradecería me envíes el enlace con una copia completa del contrato que se firma con movistar cuando se contrata la fibra óptica, porque creo que ya he cubierto mi cupo de sorpresas para contratar la fibra óptica, ahora resulta que el contrato que se firma en las tiendas movistar no está actualizado, pero qué control interno tiene establecido Movistar. No puedo comprender que las tiendas movistar no tengan actualizado el contrato en su programa de ordenador, ya que la copia que me facilitaron, no ha sido en una tienda sino en dos tiendas de Zaragoza, y en las dos salió de su ordenador. Resulta cuando menos curioso que Movistar quiera cobrar una penalización fija de 120 euros más IVA (145,20 €) si uno se da de baja antes de los 12 meses de permanencia en base a una cantidad fija equivalente al apoyo económico recibido. Vamos a ver si soy capaz de explicarme: Si yo contrato la fibra óptica con la promoción de 29,90€ más IVA (36,18 €), en lugar de 39,90 € más IVA (48,2€) el primer mes el apoyo económico real que recibo son 10€ más IVA (12,10€), si estoy dos meses, el apoyo económico real recibido son 20€ más IVA (24,20€) y así sucesivamente hasta llegar al mes 12 en el que el apoyo real recibido serían (145,20€). No sé a quien se le ha ocurrido la idea de modificar esa claúsula del compromiso de permanencia pero desde luego la penalización que se quiere cobrar no es una cantidad equivalente al apoyo económico recibido, podeís llamarla así pero sencillamente es una claúsula para penalizar al cliente que se va antes del año, porque el apoyo económico se iría devengando conforme se van pagando las facturas. Realmente el incentivo de la promoción es mas bien, si me permites el símil, una soga que te tiene agarrado al menos durante 1 año, y sino pues a pasar por caja. Bueno perdón por todo el rollo, pero hoy he tenido un mal día y ésto ha sido la gota que ha colmado el vaso. Cada vez tengo más claro que si contrato la fibra óptica no lo haré con ninguna promoción con permanencia, posiblemente pagaré más dinero, pero si hay problemas no tendré esa "soga" al cuello. Respecto al error por el que me das las gracias, no tienes porqué darlas, no he podido leer todas las páginas del enlace, solo lo he leído por encima pero lo que he leido me parece demasiado farragoso como para que una persona normal pueda entenderlo. Un saludo. Re: Contratación de Fibra y posibilidad de desistimiento Gracias por la información JCarlos. Hoy he pasado por un distibuidor autorizado de movistar y me ha confirmado que el contrato que se firma al dar de alta la fibra óptica es el que te señalaba en mi anterior mensaje, y es el que se firma para cualquier tipo de servicio contratado, lo único que cambia es el apartado referente al "Servicio Solicitado" y el apartado "Promociones con permanencia". Por otra parte, creo que no me equivoco al considerar la contratación de la fibra óptica como un "Servicio deTelecomunicación fija" por lo que lo establecido en el modelo de contrato que te indicaba en mi anterior mensaje en el apartado "3.- Compromiso de permanencia", es de aplicación a la promoción en cuotas de Movistar Fibra Optica 100/10Mb y, por tanto, la penalización iría proporcional a los días de incumplimiento y nunca sería una cuota fija, con independencia del mes en que uno se de de baja. Efectivamente en la página de la promoción pone: "En caso de incumplimiento del compromiso de permanencia, deberás abonar a Movistar una cantidad única y fija de 120€ (a dicho importe le serán de aplicación los impuestos indirectos que, en su caso, correspondan)." Pero supongo que estarás conmigo que lo que realmente prevalecería como prueba en caso de algún problema con el servicio contratado, sería lo que se firma en el contrato. Lo que tengo muy claro es que ante la duda lo que yo haría sería no acogerme a la promoción, ya que nunca he tenido permanencia con nadie, considero que si el servicio ofrecido tiene la calidad suficiente, la fidelidad del cliente será permanente. ¿Por qué en lugar de establecer una penalización por incumplimiento de la permanencia, no le daís la vuelta y estableceís un premio de fidelidad por importe de 120€ a todos aquellos clientes que durante todo un año hayan pagado las cuotas mensuales por importe de 39,90€ al mes. Realmente el efecto económico para movistar sería el mismo y el efecto de cara a nuevas contrataciones sería más positivo, al incentivar la fidelidad del cliente. Respecto al enlace del contrato ADSL he visto que se ha cambiado la fecha del Anexo I (ahora es 20 de mayo de 2013), no se si se ha cambiado alguna otra cosa de las 31 páginas que contiene ya que no he tenido tiempo de mirarlo, lo que no entiendo es de donde sale la cuota de abono mensual que se indica en ella de 84.5790€, ya que si uno se acoge a la promoción el precio sería 53.08€ [(29,90+13,97)x 1,21] durante los primeros 12 meses, y después de 12 meses el precio mensual sería de 65,18€ [(39,90 + 13,97)x 1,21], al menos eso se indica en la página de la propoción y supongo que también en el contrato que se firme al contratar la fibra óptica. ¿Me puedes aclarar de donde salen esos 84,5790€? Un saludo. Re: Contratación de Fibra y posibilidad de desistimiento Buenas tardes JCarlos, pues ahora si que no entiendo nada, porque ese es el contrato que me dijeron que se utilizaba en la tienda movistar, cuando les dije que quería contratar la fibra óptica, y además les recalqué que la línea fija ya la tenía contratada con movistar desde hace más de 12 años. No me puedo creer que en la tienda movistar no sepan el contrato que se debe firmar cuando se contrata la fibra óptica. Un saludo. Re: Contratación de Fibra y posibilidad de desistimiento Hola JCarlos, en primer lugar agradecerte las respuestas. Al final he conseguido que me facilitasen el modelo de contrato que se firma para contratar la fibra óptica, en una tienda de movistar , pero ahora se me ha planteado otra duda con respecto a una de tus respuestas. El modelo del contrato que se me ha facilitado es el MOD TDE003 V.1-01/04/2013 - "Contrato de Prestación de Servicios de Telecomunicaciones Fijas" - que está compuesto por 7 páginas: + Página 1.- Ejemplar para Movistar + Página 2.- Ejemplar para la oficina de portabilidad / Inhabilitación + Página 3.- Ejemplar para el cliente + Página 4.- Ejemplar para la gestión administrativa del punto de venta + Página 5.- Ejemplar para el operador donante + Páginas 6 y 7.- Condiciones de prestación de Servicios de Telecomunicaciones Fijas De acuerdo con tu respuesta: "En caso de baja sin cumplir la permanencia, la penalización que se aplica será la acordada en la contratación, en este caso son 120 € (indiferentemente si se da de baja el mes 2 o el 11)." Pero en la página 6 punto 3.- Compromiso de Permanencia se indica lo siguiente: "El cliente podrá darse de baja en los Servicios en todo momento mediante comunicación a Movistar, con dos días hábiles de antelación a la fecha en que deba surtir efecto la baja, llamando al número 1004 0 900 10 10 10. No obstante, lo anterior, en aquellos supuestos en los que el cliente que solicite la baja hubiese recibido de Movistar un apoyo económico (la cantidad del apoyo económico recibido durante el plazo pactado con el cliente (en adelante, el compromiso de permanencia), deberá abonar a Movistar una cantidad proporcional al apoyo económico recibido y al número de días que no haya respetado su compromiso, respecto al periodo inicialmente acordado. La mencionada cantidad será pasada al cobro del cliente en su factura. Lo anterior será aplicable igualmente en caso de suspensión del servicio." Por tanto, entiendo que la penalización sí sería distinta si se produce en el mes 2 o en el mes 11, ya que se calcularía de forma proporcional al número de días que no se ha respetado el compromiso de permanencia, en ningún caso sería la cantidad fija de 120 € fija que mencionas con independencia del mes en que se produzca. Por otra parte, en la página 1 dentro del apartado "Servicio solicitado" se indica: "Se informa de que existe un Anexo (I) con los productos/servicios asociados a la contratación. Se cumplimenta Anexo (I) Sí ( ) No ( )." He pedido copia de dicho Anexo I, para ver que es lo que ponía en él, pero no me han sabido dar una contestación sobre lo que en él se incluye en la tienda. Voy a leerme el contrato del ADSL que figura en el enlace que me has enviado para ver si se me aclaran las dudas o me surgen más (31 páginas son muchas páginas para comprender en un simple contrato de ADSL me parece a mí). También el hecho que no se mencione nada en la tienda Movistar cuando se firma el contrato sobre esas 31 páginas adicionales de las "Condiciones Generales del Servicio Línea Movistar ADSL", e incluso no se conozca el Anexo I que sí se menciona en el contrato que se firma en la tienda, me lleva a pensar que el sistema de contratación de la fibra óptica no es tan sencillo como presuponía en un principio. Me parece que voy a tener que estudiar con detenimiento todas las condiciones del contrato del servicio de fibra óptica antes de contratarlo ya que no me gustaría tener sorpresas desagradables a posteriori, y eso que considero que la fibra óptica es el futuro. Un saludo. Re: Contratación de Fibra y posibilidad de desistimiento Muchas gracias JCarlos por tu interés. Tal y como dices, de forma general al contratar la fibra óptica se hace el acceso único, todo por fibra óptica, salvo que el cliente solicite expresamente el acceso doble (para evitar quedarse sin teléfono cuando se va la luz) y también para evitar quedarse sin número en el caso hipotético que la fibra óptica no de los resultados esperados que se indican en la publicidad. Lo que más me ha extrañado y en cierto modo defraudado es no poder ver el funcionamiento de la fibra óptica in situ (en una tienda movistar), en Zaragoza me han dicho que no hay ninguna tienda que tenga instalada la fibra óptica, que si quiero ver su funcionamiento que se lo pida a alguien que ya la tenga instalada, pero de momento no conozco a nadie que la tenga instalada. Considero que si quieres vender un producto o un servicio como la fibra óptica, se hace necesario al menos verlo en funcionamiento antes de contratarlo, para evitar problemas posteriores (por ejemplo, si se dice que los 100Mb/10Mb son reales, quiero disfrutar de ellos y que luego no se me diga, como ya he leido en estos foros que en algunos casos no llega esa velocidad, pero que es normal por las pérdidas y que para movistar la línea está bien). Por otra parte, cuando contrato algún servicio me gusta poder leer por anticipado el contrato completo del servicio que quiero contratar (y eso al menos de momento no lo he conseguido). Un saludo. Re: Contratación de Fibra y posibilidad de desistimiento Buenas tardes, Al ver este mensaje y estando interesado en la posibilidad de contratar fibra óptica 100MB/10Mb pregunté en una tienda movistar de un centro comercial de Zaragoza y ésto es lo que me han dicho 2 días después, tras haberlo consultado con un comercial de movistar, ya que en la tienda no lo sabían. 1.- En la contratación de fibra óptica 100Mb/10Mb no existe periodo de desistimiento (cuando me lo han dicho me he quedado a cuadros, yo pensaba que el periodo de desistimiento era obligatorio por ley). 2.- En caso de cancelación anticipada dentro de los 12 meses de permanencia, en el caso que se hubiese acogido a la promoción de 29,90€ + IVA al mes, el cliente estaría obligado a pagar los 120€ + IVA (penalización) más los 300€ + IVA en que está valorada la instalación (aun cuando en toda la publicidad que he visto se indica claramente que la instalación de la fibra óptica es gratuita). 3.- He preguntado también por la posibilidad de no acogerme a la promoción y pagar los 39,90€ + IVA al mes, y me han comentado que eso se puede hacer, pero si me voy tendría que seguir pagando el coste de la instalación valorada en los 300€ + IVA., en el momento de la baja. 4.- Otra cosa que he preguntado es que actualmente tengo contratada en la línea fija de movistar la "Identificación de llamada" por 0,50€ + IVA al mes. He visto que en la fibra óptica se indica que éste servicio es gratuito. La respuesta ha sido que el coste seguiría siendo de 0,50€ + IVA. Entiendo que solo se podría cobrar ese importe siempre y cuando hubiese contratado el acceso doble a la RTB (par de cobre y fibra óptica), ya que en caso contrario si el acceso es único (fibra óptica) no debería llevar asociado ningún coste. 5.- Por último, algo que no he entendido es que al contratar la fibra óptica el número del fijo se preasigna a la fibra óptica, por lo que si uno se da baja de la fibra óptica perdería también el número del fijo. Agradecería a algún moderador del foro me confirmase estas informaciones. Un saludo y muchas gracias.