¿Conoces los beneficios que traen las vacaciones para trabajadores y empresas?
Es muy fácil detectar las ventajas de las vacaciones para los trabajadores, por el obvio descanso que vamos a experimentar, pero también tú empresa debe aprovecharse de este periodo estival, para continuar progresando en el futuro.1,3 milVistas1me gusta0Comentarios¿Podré seguir al frente de mi empresa cuando me jubile?
Lo primero que conviene aclarar, es que los trabajadores por cuenta propia o autónomos, entre los que se encuentran los empresarios, no están obligados a jubilarse. La edad de jubilación determina el momento en el que se adquiere el derecho a percibir una pensión de jubilación, pero en ningún caso implica que ésta sea obligatoria. ¿Qué sucede cuando el empresario se jubila? ¿Es necesario nombrar a otra persona como titular de la empresa? o ¿Es posible compatibilizar la actividad con el cobro de la pensión de jubilación? Parece una situación complicada en la vida de cualquier empresa, pero como veremos a continuación no supone ningún problema para el empresario, veamos porqué. Aunque la legislación sobre la materia indica de forma inicial que la percepción de la pensión de jubilación es incompatible con: • La realización de cualquier trabajo del pensionista, por cuenta ajena o propia, que dé lugar a su inclusión en cualquiera de los regímenes de la seguridad social. • El desempeño de un puesto de trabajo en el sector público • El desempeño de altos cargos. Estos supuestos producen la suspensión de la pensión y de la asistencia sanitaria inherente a la misma, y en consecuencia resulta obligatorio tramitar el alta en seguridad social y el ingreso de las cotizaciones que correspondan en su caso. No obstante, el régimen de compatibilidades es muy amplio, y deja el campo abierto a la voluntad del empresario o trabajador por cuenta propia, así que no nos dejemos llevar por este primer párrafo tan restrictivo y veamos las posibilidades. La pensión de jubilación es compatible con la titularidad del negocio Supongamos que sí deseamos jubilarnos, ya hemos trabajado muchos años, y ha llegado el momento de ceder el relevo, no obstante, no deseamos perder la titularidad de nuestra empresa. Pero si la pensión es incompatible con cualquier trabajo ¿Cómo lo podemos hacer? Debemos dejar claro que la pensión es totalmente compatible con aquellas tareas que resulten indelegables, y que sean propias de la titularidad del negocio, y con las funciones que sean inherentes a dicha titularidad. Podemos firmar facturas, contratos, arrendamientos, etc. Lo único que no podríamos hacer es trabajar como veníamos haciendo con anterioridad, pero dirigir nuestra empresa es algo que resulta indelegable. Eso sí, al frente de la misma debe estar otra persona en situación de alta en seguridad social, y que tenga atribuidas las funciones de dirección y gerencia o bien un contrato de trabajo y una delegación de poderes que resulte suficiente para la gestión diaria de la misma. ¿Pero puedo jubilarme y seguir trabajando? La respuesta es SÍ, existen diferentes supuestos que permiten esta situación, y que vamos a detallar a continuación. Uno de los casos es el de los profesionales colegiados en alta en alguna mutualidad alternativa al régimen de trabajadores autónomos, como puedan ser los abogados, que pueden desarrollar su actividad sin que exista ningún tipo de incompatibilidad. Uno de los casos más controvertidos es el de los artistas, escritores, pintores o actores, pueden compatibilizar su actividad con el percibo de la pensión de jubilación siempre que sus ingresos en cómputo anual no superen el SMI, lo que limita notablemente su actividad creativa, sobre todo en una época en la que se dispone de más tiempo libre y una mayor experiencia. Sin duda este sería un aspecto a mejorar en la legislación actual. La jubilación activa Pero, desde el año 2013, gracias al Real Decreto-Ley que regula la Jubilación activa, cuando resulta posible compatibilizar el disfrute de la pensión de jubilación en su modalidad contributiva con la realización de cualquier trabajo por cuenta ajena o por cuenta propia del pensionista, en los siguientes términos: • El acceso a la pensión deberá haber tenido lugar una vez cumplida la edad de jubilación, a partir de los 65 años, sin que sean admisibles jubilaciones anticipadas. • El porcentaje aplicable a la base reguladora de la pensión debe ser del 100 %, eso significa que debemos tener 35 años cotizados como mínimo. En estos casos, la cuantía de la pensión de jubilación compatible con el trabajo será del 50% del importe de la misma. El beneficiario tendrá la condición de pensionista en todo momento, y una vez finalizada la relación laboral, se restablecerá el percibo íntegro de la pensión de jubilación. Además la cotización a la seguridad social se reduce significativamente, aplicándose en este supuesto la denominada cotización de solidaridad, con un tipo del 8% entre empresa y trabajador. Jubilación parcial y jubilación flexible Son supuestos aplicables a trabajadores por cuenta ajena, pero no para un empresario que normalmente está encuadrado en el régimen especial de trabajadores autónomos. En estos supuestos es posible trabajar a tiempo parcial y hacer compatible el trabajo con el cobro de la pensión de jubilación. Como hemos visto, el empresario dispone de varias alternativas, tanto si desea compatibilizar el trabajo con la pensión de jubilación, como si quiere jubilarse y mantener la titularidad del negocio. Alcanzar la edad de la jubilación abre otras alternativas para el empresario, pero en ningún momento cierra de forma obligatoria su vida laboral. Si necesitas más información, no dudes en contactarnos y te ayudaremos!2,1 milVistas0me gusta0ComentariosPor qué gestionar la facturación de tu empresa con Sage One
Sage One es un software de última generación con el que es posible llevar la facturación y la contabilidad empresarial desde cualquier lugar y dispositivo; sólo es necesario disponer de conexión a Internet. Permite crear presupuestos online que, una vez aceptados por los clientes, se convierten en facturas; y gestionar los impuestos (IVA trimestral, IRPF) en unos minutos de forma automática. Con esta herramienta también podremos conocer el estado de las ventas, gastos, beneficios y presupuestos, así como las cuentas bancarias y facturas pendientes de cobro, todo en tiempo real y con el máximo nivel de seguridad. Si deseas más información, entra en la tienda online de aplicaciones de Telefónica Empresas.1,3 milVistas0me gusta0ComentariosCrea, paso a paso y de forma sencilla, una factura con Sage One
Llevar la contabilidad y facturación de un negocio es uno de los principales quebraderos de cabeza de cualquier empresario. Crear facturas, presupuestos, cuadrar los balances, etc. puede convertirse en un suplicio, porque además supone un trabajo extra en la gestión de un negocio. Pero ahora, con Sage One, todos estos procesos se simplifican enormemente y pueden realizarse con gran facilidad. En esta infografía de Sage puedes ver en detalle cuáles son las ocho partes que debe tener cualquier factura: Además, en este vídeo te mostramos los primeros pasos para iniciarte en Sage One. ¡No te lo pierdas!
1,3 milVistas0me gusta0ComentariosMcAfee Multi Access: asegura tus datos y la privacidad de tu Negocio
Seguramente has oído hablar o incluso sufrido los efectos del cada vez más frecuente y conocido Malware. El último en atacar, a nivel mundial fue el WannaCrypt, que ha puesto de manifiesto la vulnerabilidad de cientos de empresas. ¿Qué es Malware? El Malware (del inglés “malicious software”), es el término más frecuente para referirse a las amenazas informáticas. Tiene como objetivo infiltrarse en un dispositivo o sistema de información o dañarlo. Tipos de Malware Virus: altera el correcto funcionamiento de un dispositivo infectándolo a través de un código maligno. Requiere de la intervención del usuario para ser ejecutado. Los virus suelen viajar dentro de archivos ejecutables y generalmente lo hacen con los nombres de otras aplicaciones, para engañar al usuario y tratar de que ejecute el programa. Troyano: a diferencia de un virus, que normalmente es destructivo, un troyano intenta pasar inadvertido al acceder a tu dispositivo y ejecutar acciones ocultas. Los troyanos también suelen llegar a las aplicaciones de tu negocio en forma de ejecutables con nombres de archivos o aplicaciones familiares. En cuanto los ejecutas, comienzan a trabajar a tus espaldas sin que ni tú ni tus empleados os percatéis. Gusano: este tipo de malware, a diferencia de los anteriores, no necesita de la intervención del usuario para infectar un dispositivo. Sin embargo, tiene la capacidad de replicarse a sí mismo y propagarse por las redes a las que está conectado un dispositivo, al acceder a las listas de contactos de ese equipo y enviarles copias para infectarlos también. El hecho de que no altere el correcto funcionamiento del dispositivo, hace que su detección sea más difícil. Spyware: estos programas se instalan por sí solos en los equipos y también trabajan a escondidas, sin que en la organización os deis cuenta. Su principal objetivo es el de obtener datos sobre el usuario u organización propietarias de la información sin autorización. Estos programas monitorizan y recopilan datos de las aplicaciones instaladas, del contenido del disco duro, de datos de las redes y de repositorios a los que accede el equipo y de la actividad en Internet. Asimismo, en ocasiones llegan a instalar otras aplicaciones. Ramsoware. Secuestra los datos de un ordenador, previamente cifrado, y pide un rescate a cambio de su liberación. Los piratas informáticos te darán la clave de descifrado de tus datos al pagar el rescate, normalmente vía paypal o en criptomonedas. La mayoría de expertos en seguridad informática aconsejan no pagar nunca el rescate que se te pide. El método más fácil para luchar contra este tipo ataques es tener siempre copias de seguridad actualizadas de tus bases de datos y formatear los equipos afectados recuperando los datos después con estas copias. Se trata de una de las amenazas más frecuentes y al alza en los últimos años por lo que debes extremar precauciones, sobre todo a la hora de abrir correos y mensajes de remitentes desconocidos y al instalar o ejecutar nada de lo que contengan estos mensajes. ¿Por qué el Antivirus McAfee Multi Access? El mejor antivirus del mercado. Gestión y protección de hasta cinco dispositivos desde un único centro de seguridad situado en la nube. Análisis y copia de seguridad. Analiza tus equipos para mejorar su seguridad y su rendimiento. Realiza una copia de seguridad en remoto de todos tus contactos. Desde cualquier lugar. Acceso a los datos de forma segura desde cualquier lugar, ayudándote al cumplimiento del RGPD. Encuentra tu teléfono. Localización, rastreo y control remoto de tu smartphone, en caso de robo o pérdida. Más información en la web de Telefónica Empresas.1,3 milVistas0me gusta0ComentariosRGPD 2018: ¿Qué es y qué implica la nueva ley de protección de datos?
La nueva ley de protección de datos del consumidor entrará en vigor el próximo 25 de Mayo de 2018, aunque lleva aprobada desde esa misma fecha en 2016. Durante este tiempo, la RGPD 2018 ha estado conviviendo con la normativa anterior para permitir que los estados miembro de la Unión Europea se preparen y ejecuten las tareas necesarias para que se pueda cumplir la ley. Pero, ¿sabes lo que es y lo que implica la nueva ley de protección de datos? La RGPD 2018, trae consigo varios cambios que impactan en tu empresa y que tendrás que estar muy seguro que cumples, ya que las multas por las infracciones de la ley consideradas más graves pueden ser tan sustanciales como el 4% del volumen del negocio de tu PYME. Desde Telefónica tenemos herramientas que te permitirán adecuarte más rápidamente a la RGPD. Podrás encontrar esta información en nuestro post: RGPD: ¿Sabías que queda menos de un año para adaptarse a la nueva normativa europea de Protección de Datos? A continuación te presentamos un decálogo de preguntas y respuestas con el fin de de resumir y aclarar los puntos fundamentales de la nueva ley de protección de datos: - 1. ¿Qué finalidad tiene la ley de protección de datos? El Reglamento Europeo de Protección de Datos sirve para la protección y control de los datos personales, lo cual es un derecho fundamental de todas las personas. De esta manera se evita que los datos se usen de forma maligna para vulnerar la intimidad, los derechos fundamentales y las libertades, de las personas. - 2. ¿Qué empresas están obligadas a cumplir con esta ley? Pues bien, este reglamento será de obligado cumplimiento para todas aquellas empresas que traten datos de carácter personal y que se encuentren dentro de la Unión Europea y, también, para los responsables y encargados que, aún no estando establecidos en la Unión Europea, tratan datos como consecuencia de una oferta de bienes o servicios destinados a ciudadanos de la UE. - 3. ¿Qué avisos de seguridad se deben incluir para no infringir la ley? Con respecto a la información que se proporciona al cliente de una manera obligatoria, esta tiene que ser clara y concisa para facilitar su comprensión. Pero no sólo esto, además la base legal de tratamiento de datos deberá estar especificada y los tiempos que van a permanecer retenidos estos datos deben ponerse en conocimiento del cliente. - 4. ¿Cuántos datos de cliente se pueden recoger? En esto no hay duda: Sólo lo necesario. Y nada más. No se podrán recoger datos más allá de los estrictamente necesarios para realizar la acción por la que los estas recogiendo. - 5. ¿Cómo tienen que ser los consentimientos para la cesión de los datos? Es una de las cosas que cambia con la nueva ley de protección de datos, ya que ahora el consentimiento tiene que ser libre, informado e inequívoco. No se podrá asumir que se tiene el consentimiento para la recogida de los datos si el cliente no dice nada o no actúa. - 6. ¿Será obligatorio el registro de datos y actividades? Sí, sin duda. Desde Enero 2018 las empresas que trabajen con datos personales tendrán que llevar un registro de ellos y, además, también será obligatorio el registro de las actividades de tratamiento de estos datos. - 7. ¿Qué es el “derecho al olvido”? Este derecho ayudará a que los clientes lo tengan más fácil a la hora de eliminar sus datos de las bases de datos. Por supuesto, este derecho no lo podrán ejercer siempre, sino que se ha limitado para 3 circunstancias: Datos recogidos de forma ilícita. El cliente retira de forma adecuada su consentimiento. Datos innecesarios u obsoletos. - 8. ¿Y el derecho a la portabilidad? Este derecho hace referencia a 2 posibilidades: Posibilita la solicitud, por parte del cliente, de transmisión directa de sus datos personales de un responsable de tratamiento de datos a otro. De esta manera se permite la reutilización de datos entre unos proveedores de servicios con los que el cliente mantiene alguna relación. Facilita al cliente la posibilidad de recibir sus datos personales, en formato electrónico, para su almacenamiento privado, sin tener que transferirlos a otro responsable. - 9. ¿Qué es un delegado de protección de datos y cuál es su misión dentro de esta ley? Esta figura es obligatoria dentro de las empresas que utilicen bases de datos de organismos públicos o se dediquen al tratamiento de datos masivos. En estas circunstancias, el delegado de protección de datos será el responsable de la supervisión de las prácticas y procesos para que se ajusten a la nueva ley. - 10. En caso de infracción, ¿a qué multas voy a tener que hacer frente? Las multas no son cosa de poco. Para reflejar la importancia de esta ley, sus multas son igual de importantes y, aunque son modulables según la proporcionalidad, efectividad y efecto disuasorio, pueden alcanzar hasta el 4% del volumen del negocio de la empresa. Recuerda que la información recogida en nuestro post es un resumen con los datos más importantes que conciernen a la nueva ley de protección de datos de los consumidores, pero si necesitas entrar en mayor detalle, recurre a la web de la Agencia Española de Protección de Datos, donde a través de manuales y diversos enlaces te resolverán cualquier duda. Te dejamos el enlace a continuación: Reglamento Agencia Española de Protección de datos6,4 milVistas0me gusta0ComentariosCómo compartir y almacenar archivos de forma segura en tu negocio
¿Necesitas enviar un documento, pero no confías en la seguridad de Dropbox o Google Drive? Entra en nuestra guía y descubre algunas de las mejores opciones para asegurarte de que los archivos que envías siguen siendo privados.1,7 milVistas1me gusta0ComentariosWidget de Consumo disponible en la App Telefónica Empresas
Ya tienes disponible en la App Telefónica Empresas el Widget de Consumo. Se ha diseñado para ofrecerte información del consumo de tu línea móvil con sólo una mirada al escritorio del smartphone; tendrás una actualización diaria de tu consumo o, al momento, si pulsas actualizar, siendo configurable para cualquiera de las líneas que tengas. El widget podrá ser instalado y ejecutado por los dos roles existentes en la APP (Administrador y usuario de Línea) siempre que el Administrador haya dado los permisos para el uso de la App a las líneas de su CIF. ¿Cómo instalar el Widget en mi teléfono? Lo primero es tener instalada la App Telefónica Empresas. Si no es tu caso, descárgatela desde tu market. Después, dependiendo del sistema operativo que tengas, debes seguir estos pasos: Para Android: en el escritorio del smartphone, activa el menú de widgets y busca el widget de “Telefónica Empresas”. Selecciónalo y sitúalo donde quieras dentro del escritorio de tu smartphone. Después, configura desde la opción “Perfil” del menú principal de la App. Para iOS: accede a la zona “Hoy” de tu Iphone, pulsa en “Editar” y aparecerá el icono “Mi Movistar”. A continuación, pulsa sobre el botón “+ “, pulsa “OK” y se instalará el widget en tu móvil. Configura desde la opción “Perfil” del menú principal de la App. Recuerda que no debes cerrar sesión, para que el widget siga activado. Puedes cerrar la app sin necesidad de cerrar sesión. Los datos se refrescan automáticamente, también puedes actualizarlos cuando quieras, con tan solo pulsar sobre la flecha situada en la parte superior derecha del widget. Se encuentra disponible para los sistemas operativos de Android, iOS. Si aún no tienes instalada la app en tu smartphone, descárgatela aquí. ¡A qué estás esperando, activa el Widget de Consumo ya!3 milVistas0me gusta10Comentarios