Bueno, al final he decidido no pasar por el aro y en su lugar, pasar a la acción. Os adjunto el texto del nuevo burofax que he enviado por si a alguien le sirve. Os informaré de la resolución de la nueva reclamación:
Por la presente, D. ***, mayor de edad, dotado de DNI *** del que acompaña fotocopia, y con domicilio en ***, Código postal *** de ***, provincia de *** comparece ante la mercantil Telefónica de España, S.A.U., con CIF A82018474 y domicilio social en C/ Gran Vía nº 28, 28013 Madrid (operando bajo la denominación comercial de “movistar”) y como mejor convenga en derecho
EXPONE
1.- Haber recibido la resolución que se adjunta favorable a la reclamación referente al cobro indebido de la factura de referencia TA4R*** en concepto de “incumplimiento de condiciones de devolución”
2.- Que en dicha resolución se reconoce que dicho cobro vulnera los derechos del usuario
3.- Que tras este reconocimiento, la resolución impone condiciones para la devolución que vuelven a vulnerar los mismos derechos del usuario amparados por la legislación citada en el punto 4 de la reclamación original.
4.- Que el usuario no está en la obligación de entregar el router en ningún lugar puesto que como se recoge en la reclamación inicial y se reconoce en la resolución remitida por Telefóica de España S.A.U., en ningún momento fue informado ni antes de contratar los servicios con la mercantil de referencia, ni al proceder a la baja en los servicios contratados, de que debía devolver los equipos, ni del régimen en el que Movistar le había cedido dichos equipos.
5.- Que dicha vulneración del derecho a la información podría ser constitutivo de una infracción grave a la ley 32/2003 (Ley General de Telecomunicaciones), concretamente en el artículo 54.o), pudiendo ser sancionada dicha infracción grave con un importe de hasta 500.000 €, según dispone el artículo 56.1.c) de la citada ley.
6.- Que no obstante lo anterior, el usuario pone a disposición de Telefónica de España su router para que lo recoja antes de un mes en la dirección ***. Procediendo después de dicho plazo al reciclado del dispositivo.
7.- Que desea interponer reclamación ante la mercantil citada anteriormente, como paso previo a la posible reclamación ante la secretaría de estado de telecomunicaciones y para la sociedad de la información (SETSI), tal como dispone (como paso previo preceptivo) el artículo 4.1 de la orden del ministerio de industria ITC 1030/2007
Y en virtud de lo antedicho, D. *** mediante el presente escrito
SOLICITA
1.- Que sea atendida la presente reclamación de forma favorable a las pretensiones de D. ***, siéndole devuelto de inmediato y sin condiciones el importe cobrado por el concepto de referencia
2.- Que la presente reclamación se resuelva en el plazo máximo de un mes a contar desde la fecha de su recepción, entendiendo D. *** que queda facultado para interponer reclamación ante la secretaría de estado para las telecomunicaciones y la sociedad de la información (SETSI) en el caso de que no se haya resuelto expresamente la reclamación en dicho plazo o la resolución no sea satisfactoria para sus intereses, según regula el artículo 4.1 de la orden del ministerio de industria ITC 1030/2007.
Espero que la gente se anime a reclamar y no tragar con los a b u s o s de esta compañía.
Un saludo!