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Purileganes
24-01-2016Yo probé el VDSL
Gemma.
según dispone el artículo 53.4 de la vigente ley 9/2014, ley general de telecomunicaciones, las operadoras de telecomunicaciones tienen la obligación de remitir el contrato celebrado por escrito o en un soporte duradero como, por ejemplo, la grabación de mi contrato verbal.
Por otra parte, si tenemos en cuenta lo dispuesto en el artículo 26.2 ( 2º párrafo ) del real decreto 899/2009 y 26.3 del mismo real decreto sobre la carta de derechos del usuario de telecomunicaciones, tendremos que en el plazo de 15 días deberíais haberme entregado las condiciones mediante un soporte duradero (papel o MP3), y esto no lo habéis cumplido, ya que hace más de un mes que realicé el contrato verbal.
Así mismo, el real decreto 170/2007, dispone, en su artículo 5.1.f, que tanto la voz como la imagen son datos personales y, por tanto, puedo ejercer mi derecho de acceso a los mismos (un contrato verbal, sería un registro de mis datos, necesario para cumplir una obligación entre las partes).
Por tanto, debéis entregarme la copia de la grabación de mi contrato verbal y, además, debéis entregármelas en un formato inteligible (que se pueda escuchar) sin usar codecs propietarios, tal como establece el artículo 29.3 Real decreto 1720/2007 sobre el reglamento de la ley orgánica de protección de datos.
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Nada más, y espero su pronta respuesta para entregarme lo que es mi derecho, una copia de la grabación de mi contrato verbal.
según dispone el artículo 53.4 de la vigente ley 9/2014, ley general de telecomunicaciones, las operadoras de telecomunicaciones tienen la obligación de remitir el contrato celebrado por escrito o en un soporte duradero como, por ejemplo, la grabación de mi contrato verbal.
Por otra parte, si tenemos en cuenta lo dispuesto en el artículo 26.2 ( 2º párrafo ) del real decreto 899/2009 y 26.3 del mismo real decreto sobre la carta de derechos del usuario de telecomunicaciones, tendremos que en el plazo de 15 días deberíais haberme entregado las condiciones mediante un soporte duradero (papel o MP3), y esto no lo habéis cumplido, ya que hace más de un mes que realicé el contrato verbal.
Así mismo, el real decreto 170/2007, dispone, en su artículo 5.1.f, que tanto la voz como la imagen son datos personales y, por tanto, puedo ejercer mi derecho de acceso a los mismos (un contrato verbal, sería un registro de mis datos, necesario para cumplir una obligación entre las partes).
Por tanto, debéis entregarme la copia de la grabación de mi contrato verbal y, además, debéis entregármelas en un formato inteligible (que se pueda escuchar) sin usar codecs propietarios, tal como establece el artículo 29.3 Real decreto 1720/2007 sobre el reglamento de la ley orgánica de protección de datos.
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Nada más, y espero su pronta respuesta para entregarme lo que es mi derecho, una copia de la grabación de mi contrato verbal.