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Hola AlbertoS49
En primer lugar, lamentamos las molestias que esta situación te esté ocasionando.
Para ayudarte con las comprobaciones, envíanos en un mensaje privado tus datos (Dni, nombre y apellidos, línea fija y un número de contacto).
Para enviar un mensaje privado solo tienes que situar el cursor del ratón encima de nuestro nick de usuario "Comercial.Global-movistar" y te aparecerá el botón "mensaje privado" o puedes pulsar aquí.
Un saludo,
José Tomás.
- AlbertoS4904-11-2023Yo probé el VDSL
Buenos dias ,
Datos personales enviados enviados por DM.
Lamento decir que todo este proceso no servirá de nada , conozco la solución por comentarios pasados del técnico de la zona , me temo que hasta la semana que viene estaremos sin servicio , eso o hasta que el técnico / subcontrata , pase por la zona ha subir el interruptor o cambiar el modulo.
Saludos
- AlbertoS4904-11-2023Yo probé el VDSL
cri cri cri...operadores? hace ya rato que me pidieron mis datos , tan gorda es la avería que ni los sistemas informáticos la detectan o es que no encuentra al técnico de puente....
Movistar 114€ mes , servicio atencion al cliente y asistencia -0. seguiremos informando desde la españa rural. (y luego hablan de despoblación)
- AlbertoS4905-11-2023Yo probé el VDSL
Buenos dias,
van a darme respuesta sobre lo que esta pasando? para eso me hacen mandar los datos privados?
Desde el día 2 de diciembre sin servicio y no nos dan ningún tipo de información en ningún sito
Están esperando a mañana lunes dia 6 cuando puedan hablar con la persona adecuada sea técnico o empresa de mantenimiento?
Es esto serio?
Me voy adelantando :
Real Decreto 899/2009, de 22 de mayo, por el que se aprueba la carta de derechos del usuario de los servicios de comunicaciones electrónicas.
Artículo 16. Derecho a compensación por la interrupción temporal del servicio de acceso a Internet.
- Cuando, durante un período de facturación, un abonado sufra interrupciones temporales del servicio de acceso a Internet, el operador deberá compensar al abonado con la devolución del importe de la cuota de abono y otras cuotas fijas, prorrateadas por el tiempo que hubiera durado la interrupción. A estos efectos, el operador estará obligado a indemnizar automáticamente al abonado, en la factura correspondiente al período inmediato al considerado, cuando la interrupción del servicio, se haya producido de manera continua o discontinua, y sea superior a seis horas en horario de 8 a 22. En la factura correspondiente se hará constar la fecha, duración y cálculo de la cuantía de la compensación que corresponde al abonado.
Saludos