Estimada Srta. Vero:
Me reitero en mi mensaje publicado en este hilo en el día de ayer:
"no puedo considerar la consulta como solucionada, sencillamente, porque no esta solucionada"
Cuando usted dice "por nuestra parte la consulta tiene realizada la gestión necesaria para que se resuelva, pero la resolución no podemos hacerla directamente nosotros", es justamente eso POR SU PARTE. LA CONSIDERAN RESUELTA "POR SU PARTE", y "se envía el cierre de hilo" POR SU PARTE.
Las consideraciones POR SU PARTE sobre la solución del problema nada tienen que ver con las consideraciones DEL CLIENTE sobre la solución de las incidencias, el grado de satisfacción del cliente con la operativa de tramitación para solucionar las incidencias y el grado de satisfacción del cliente con la ratio de tiempo en solucionar las incidencias.
Me reitero en el contenido de la respuesta publicada en el día de ayer:
"La consulta sera considerada como solucionada cuando efectivamente este solucionada. En estos momentos, salvo que ustedes posea mas información al respecto, y que mi mujer y yo desconocemos, no esta solucionada. Recordar que nos acercamos al cierre de facturación de Febrero, periodo en el que debería ser efectiva la devolución de los importes facturados y sus correspondientes impuestos (que le recuerdo que ustedes se han comprometido por escrito a devolver y así consta en el hilo de las conversaciones mantenidas con ustedes) sin que la consulta y sus correspondientes incidencias aparejadas hayas sido resueltas"
Al cliente, le resulta muy tedioso tener que reclamar unas incidencias que implican devolución de importes facturados fraudulenta e ilegalmente por causas ajenas a su voluntad, por unos servicios BLOQUEADOS EXPRESAMENTE POR EL CLIENTE Y QUE HA MANIFESTADO EXPRESAMENTE NO CONSENTIRLOS MEDIANTE EL BLOQUEO DE LOS MISMOS EN SUS TERMINALES. Ahora resulta mas tedioso aun tener que debatir y razonar el PORQUE NO SE DA CERRADO EL HILO POR EL CLIENTE, ya que parece mas que razonable no darlo por solucionado PORQUE AUN NO ESTAN SOLUCIONADAS LAS INCIDENCIAS QUE LLEVAN APAREJADAS ESTE HILO.
No es causa imputable al CLIENTE que las incidencias las resuelva otro departamento. Su operativa interdepartamental no debe afectar al cliente. Al cliente le afecta LA SOLUCIÓN A SUS INCIDENCIAS.
Dejo a su criterio DAR POR CERRADAS UNILATERALMENTE ESTE HILO, que ha devenido en la apertura de DOS INCIDENCIAS AUN NO SOLUCIONADAS.