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Buenas Marian, me han contestado con un SMS me dice que la reclamacion 13143372 ha sido resuelta que ya solo existe un titular con mi DNI, y respecto al recibo devuelto que hable con el banco que ellos lo han mandado bien.
No hacen ninguna referencia a que el recibo era solo de 3,69 €, facturado aparte, que el montante mayor de la linea de fusion por 101€ fue cobrado en su dia sin ningun problema, tampoco hacen referencia a que el recibo fue abonado al dia siguiente, que no avisaron del corte de linea que se produjo a los cuatro dias de la devolucion de dicho recibo sin cumplir el contrato que dice que se realizará a los 15 dias y que además debe realizarse previo aviso. Ni ha la solicitud de indemnización por tenerme ilegalmente sin internet 24 horas, y con la linea secuestrada 12 horas.
Porque además segun la la ley en ningun momento se ha producido el impago de un recibo durante un mes, que es el que autoriza a la compañía para la interrupción temporal del servicio, según dispone el artículo 19.1 de la orden PRE 361/2002, aunque debe cumplir los requisitos del artículo 20 de la orden PRE 361/2002, que son los siguientes:
1.- La compañía debe requerir el pago al usuario para que pague, y debe informarle de que se le interrumpirá el servicio de forma temporal, y la comunicación debe hacerse con 15 días de antelación
2.- En la comunicación deberá indicarse la fecha en la que se interrumpirá el servicio, en el caso de no realizarse el pago
Por lo tanto sigo solicitando se me informe que se deja sin efecto la sacción de recuperación de linea, y solicito indemnización por el corte producido en la misma, en espera de sus noticia, saludos
Buenos días@Amarca
Al no recibir nuevas consultas con tu permiso cierro el hilo.
Saludos