Siento volver a molestar con las dudas sobre el seguro, he vuelto a leer el FAQ y las clausulas de mi contrato... Y en el punto 9 de las condiciones de mi seguro, pone lo siguiente y copio textual:
9. FRANQUICIA
Para la cobertura de daños acidentales, el importe de la franquicia equivaldrá a dos mensualidades de cuota del Seguro, y transcurridos 24 meses sin siniestralidad, no se aplicará franquicia.
Para la cobertura de sustracción, el importe de la franquicia equivaldrá a cuatro mensualidades de cuota del Seguro, y transcurridos 24 meses sin siniestralidad, se aplicará una franquicia de dos mensualidades.
Y, después, en la página que me comentó el compañero anteriormente, se dice lo siguiente:
Cuando hay un siniestro, ¿el cliente recibe en la siguiente factura el cargo por la mensualidad del seguro + el importe de la franquicia o solo el importe de la franquicia?
Dependiendo de la fecha del siniestro el cargo de la franquicia podrá realizarse en la siguiente factura que reciba el cliente tras el siniestro o en la segunda factura tras haberse producido el siniestro. En cualquier caso, el cliente recibirá el cargo de la mensualidad y de la franquicia correspondiente.
Entonces, quería preguntaros a ver si me podéis ayudar a aclararme con esto.... Aún no he llamado al seguro, y acabo de ver esto. Como dije antes estoy pagando 10€ mensuales, y se me rompió la pantalla, si llamo al seguro y doy parte para que me lo arreglen la franquicia cómo actuaría:
-¿Desde el mes siguiente (o el otro) debería pagar 30€ (10 normales, y dos mensualidades) hasta 24 meses más?
-¿Pago los 30 euros más un mes sólo, y el resto como siempre a 10€? ¿U otro caso particular (de todas formas entiendo que el primer caso es el que aplicaría)?
Muchas gracias y disculpad las molestias y las dudas. Pero, en cualquier caso, es un gasto al que hay que hacer frente y uno quiere estar lo más informado posible antes de actuar o no actuar.
Un saludo.